Ley de Emprendedores
Los autónomos no responderán con su casa de las deudas
Exenta la vivienda habitual inferior a 300.000 euros
Uno de los elementos clave de la nueva ley es la creación de la figura del emprendedor de responsabilidad limitada. Hasta ahora –como explicó la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, en su comparecencia al término del Consejo de Ministros– los autónomos respondían con todos sus bienes de los balances de su actividad empresarial. Con la normativa incluida se diferencia la actividad empresarial de la responsabilidad personal y, en consecuencia, los emprendedores no tendrán que responder con su vivienda habitual –con un límite de 300.000 euros– de las deudas derivadas de su actividad profesional. La legislación incluirá una serie de garantías que los emprendedores deberán cumplir para acogerse a la responsabilidad limitada que se definirán durante la tramitación de la ley.
Ésta era, como reconoció Santamaría, una constante reivindicación del colectivo de autónomos y un freno para que muchos emprendedores pongan en marcha sus proyectos.
En el mismo paquete de medidas para facilitar la cultura y la iniciativa emprendedora se ha creado la figura de la «sociedad limitada de formación sucesiva» que permitirá crear una sociedad limitada con una aportación inicial inferior a los 3.000 euros de capital social que se exigen actualmente. Luego se irá aportando el 20% de los beneficios empresariales hasta alcanzar el capital exigido por ley. Estas sociedades con capital inferior a 3.000 euros podrán crearse bajo determinadas condiciones que aseguran la protección de terceros y obligan a reforzar los recursos propios. Su constitución podrá realizarse de forma más ágil, rápida y efectiva, mediante modelos simplificados y procesos telemáticos ya en funcionamiento en la Administración. En este sentido, para facilitar la agilización de la creación de empresas, se crearán puntos de atención al emprendedor y una ventanilla única, que unificará todos los sistemas y procedimientos, a través de la que se podrán realizar los trámites para el inicio, ejercicio y cese de la actividad.
Además, se introducen medidas para reducir las cargas de los servicios estatales de estadística y de la gestión para la prevención de riesgos laborales.
La segunda oportunidad
La ley también incluye un mecanismo de negociación extrajudicial de deudas ágil y eficaz destinado a emprendedores en situación de desequilibrio entre su pasivo y activo. Esta reforma permitirá una mayor protección del autónomo o empresario de responsabilidad limitada ante procedimientos de embargo de deudas tributarias y con la Seguridad Social que afecten a su vivienda habitual.
Se pretende favorecer la «segunda oportunidad» que permitirá a las empresas con un balance inferior a los 5 millones de euros acudir a una vía extrajudicial de negociación en vez de al concurso de acreedores. Este mecanismo –que obligará a cambiar la ley concursal– permitirá a los empresarios obtener una quita en la deuda de hasta el 25% y una moratoria de pago de hasta tres años, en línea con los requisitos para los aplazamientos exigidos por la Administración.
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