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Lotería de Navidad 2025: esto es lo que Hacienda te quita y lo que realmente te llevas

El "Gordo" o primer premio es el más importante del sorteo, ya que está dotado con 400.000 euros por décimo

Décimos para la Lotería de Navidad
Décimos para la Lotería de Navidad La Razón

Diciembre ya está aquí y, con él, la Navidad se acerca rápidamente. En España, esta época se vive a través de numerosas tradiciones, desde el encendido de luces en las ciudades hasta los mercadillos navideños, pero ninguna tan emblemática como el Sorteo Extraordinario de la Lotería de Navidad. Esta cita, que lleva repartiendo premios desde 1812, sigue siendo un momento esperado en miles de hogares. El próximo 22 de diciembre, millones de españoles esperan que la suerte les sonría y que los niños de San Ildefonso canten uno de sus números, resultando premiados.

Hacienda también será una de las grandes premiadas en este sorteo. Y es que aunque todos los ganadores que reciban un premio superior a 40.000 euros deberán pagar a este organismo público el 20%.

El "Gordo" o primer premio es el más importante del sorteo, ya que está dotado con 400.000 euros por décimo, es decir, cuatro millones de euros la serie. Por cada décimo premiado, los primeros 40.000 están exentos de impuestos. De los 360.000 restantes, el ganador recibirá una cuantía de 328.000 euros, dado que Hacienda se quedará con 72.000 euros por cada boleto, debido al gravamen especial de los premios de loterías y apuestas.

Los agraciados con el segundo premio –de 125.000 euros por décimo– deberán entregar a Hacienda 17.000 euros, quedándose con una cuantía que ascenderá a los 108.000 euros. En el caso de los ganadores de los 50.000 euros del tercer premio, solo 40.000 estarán exentos y a Hacienda se le pagará el 20% de los 10.000 restantes, es decir, 2.000 euros. Por tanto, el afortunado se llevará 48.000 euros.

El resto de premios del sorteo no llevan retención por parte de Hacienda al ser menores de 40.000 euros, informan desde TaxDown. En este sentido, los dos cuartos premios, los ocho quintos, las pedreas y el reintegro, entre otros, estarán exentos.

¿Qué ocurre si comparto mi décimo con amigos?

En el caso de los premios compartidos de la lotería, se deberán distribuir los 40.000 euros exentos entre todos los beneficiarios en función a su porcentaje de participación. El que reparta el premio debe figurar como beneficiario único o como gestor de cobro y tendrá que estar en condiciones de acreditar ante la Administración Tributaria que el premio ha sido repartido a los titulares de participaciones, siendo necesaria la identificación de cada ganador y de su porcentaje de participación.

"Si los ganadores no acuden a la entidad bancaria juntos a cobrar el décimo compartido o no se identifican como tales, la persona titular del décimo podría enfrentarse al pago del impuesto de donaciones si transfiere el premio a los otros participantes sin haber hecho el paso previo de identificarlos en el banco", explican desde TaxDown.

¿Y si se estropea?

Si el décimo está deteriorado, pero se puede identificar, Loterías y Apuestas del Estado lo analiza y, si confirma que es auténtico, hace el pago del premio. En el caso de que sea casi irreconocible, lo envían a un proceso de verificación en la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre. Una vez revisado, si consideran que todo es correcto, el premio se abonará.

En el caso de un robo de un décimo premiado, "este no puede cobrarse directamente", aseguran desde TaxDown. Se deberá poner una denuncia inmediata en la Policía o Guardia Civil e informar a Loterías y Apuestas del Estado, aportando una copia de la denuncia y el décimo quedará bloqueado. "Si se localiza al ladrón o un juez determina que el décimo pertenece al afectado, el premio podrá cobrarse, aunque el proceso puede alargarse al depender de una resolución judicial", explican.

Multas por revender un décimo de la lotería

La venta de billetes "solo podrá efectuarse en las Administraciones de Loterías legalmente establecidas" y, si lo consideran necesario, podrán "valerse de vendedores autorizados", según establece el Real Decreto del 23 de marzo de 1956 que regula la Instrucción General de Lotería. Por tanto, no se puede comprar un décimo de lotería y revenderlo sin autorización expresa por parte de Loterías y Apuestas del Estado.

Si se cuenta con autorización, el importe del décimo "nunca podrá tener un importe superior por comisión del 20%", explican desde TaxDown. El precio máximo por décimo, por consiguiente, no puede superar los 24 euros: 20 euros más 4 euros de comisión.

En el caso de que el vendedor esté intentando ayudar a posibles defraudadores a blanquear dinero, este podría enfrentarse sanciones por valor de incluso más de la mitad de lo que ganó con el décimo premiado, afirman.