Morosidad

Mano dura contra la morosidad

Mano dura contra la morosidad
Mano dura contra la morosidadlarazon

José Miguel González es una empresario canario que posee una cadena de supermercados en Tenerife. Pese a la buena marcha del negocio, los retrasos en los pagos y la morosidad se han convertido en un verdadero quebradero de cabeza para él. «Tengo clientes a los que he dado ya por perdidos, y otros a los que les tengo que dar tanto margen para que me paguen que están comprometiendo seriamente la viabilidad de mi negocio», se queja. Desgraciadamente, este empresario no es el único que vive esta realidad. Y es que, en España, una de cada tres empresas que echa el cierre lo hace por algún motivo relacionado, precisamente, con la morosidad. Se trata de una problemática que afecta no sólo a la viabilidad de las compañías españolas, especialmente las pymes, sino que supone un elevado coste adicional para el conjunto de la economía, ya que lastra, y mucho, la competitividad de nuestra estructura productiva en el medio y largo plazo.

El plazo medio de pago para abonar una factura a proveedores en nuestro país se sitúa en el sector privado 80,3 días, frente al periodo máximo de 60 días que establece la Ley. En el caso de las administraciones públicas, este intervalo de tiempo varía significativamente, dependiendo del nivel. En el último trimestre del año, la Administración Central promedió un valor en el entorno de los 60 días; las administraciones regionales, 53, y las corporaciones locales 93 días, según el Boletín de Morosidad y Financiación Industrial elaborado por la Confederación Española de la Pequeña y Mediana Empresa (Cepyme). Estos periodos de pago también se encuentran alejados de los 30 días que la regulación establece.

Si se tiene en cuenta que el volumen de total de crédito comercial que se encuentra en mora asciende a 210.000 millones de euros, éste tendría un coste financiero directo sobre el conjunto de las empresas de, aproximadamente, unos 930 millones de euros.

Coste para todos

José Alberto González Ruiz, secretario general de Cepyme, explica que, «si bien las últimas cifras sobre periodos de pago muestra una tendencia hacia la reducción, especialmente si se comparan con la última etapa de la crisis, también evidencian que los impagados han dejado de descender y se mantienen en un nivel más o menos estable desde mediados de 2013. Además, el volumen de crédito comercial que se halla en mora va aumentando y alcanza ya el 70% de todo el crédito comercial».

Pese a la progresiva reducción, Antoni Cañete, presidente de la Plataforma Multisectorial contra la Morosidad (PMcM), llama la atención de lo alejado que estamos aún de los países de nuestro entorno. Así, el periodo medio de pago se sitúa en los países nórdicos en 35 días, y en 45, en las naciones centroeuropeas. «Estas diferencias sitúan a las empresas españolas en una enorme desventaja competitiva respecto al resto», sentencia.

Precisamente, el Proyecto de Ley de Refuerzo de Lucha contra la Morosidad, actualmente en trámite parlamentario, tiene como objetivo frenar este fenómeno que está involucrado en la desaparición del 30% de las pymes, y que entrará en vigor este mismo año.

Entre sus novedades principales, destaca la inclusión de sanciones en caso de impagos y demoras, algo que no sucedía hasta el momento, una impunidad que ha contribuido, en opinión de Antoni Cañete, al incumplimiento de la Ley. Así, la nueva normativa recoge tres niveles de sanciones: leve, grave o muy grave, que se tipifican según las cuantías, el plazo y la reincidencia. Las sanciones que recoge el proyecto de ley están comprendidas en una horquilla que va entre los 400 y los 800.000 euros. «Si no hay radares las gente conduce a su libre albedrío, y eso mismo pasa a la hora de pagar. Hemos visto periodos de pago que llegan incluso a los 300 días, especialmente en el caso de grande empresas, y eso no hay pyme que lo resista», afirma Antoni Cañete.

A las sanciones también se refiere José Antonio Herce, director asociado de AFI. «Aunque los impagos está regulados por la Ley de Morosidad, lo cierto es que no ha impedido hasta ahora que ésta continúe siendo un lastre para pymes y autónomos. Si bien en el mundo empresarial es necesaria una cierta flexibilidad para afrontar los pagos, un exceso de la misma, deja a muchas compañías en un situación inviable. La regulación debe ofrecer una solución que permita un equilibrio, así como un régimen sancionador efectivo y eficiente que sustente la eficacia de dicha regulación», indica.

Otras de las novedades que introducirá la nueva regulación es la creación observatorio en el sector privado, así como medidas extrajudiciales que permitan resolver los conflictos a través de un Sistema Arbitral de Morosidad. Todas las compañías que se hayan adherido voluntariamente al mismo podrán someter de manera ágil y gratuita las controversias que surjan entre ellas en relación con el incumplimiento de las obligaciones.

El proyecto también dota de mayor claridad a los conceptos y términos empleados en la normativa que afecta a la morosidad, y se establece la obligación de empresas y administraciones de hacer públicos los plazos medios de pago con sus proveedores, a efectos de promover la transparencia y reforzar el cumplimiento de los plazos legales de pago a proveedores.

Camino por andar

No obstante, y pese a los esfuerzos, aún queda camino por andar. «Las medidas regulatorias que se han introducido para compensar los efectos de la morosidad causada por operaciones comerciales en las empresas han tenido un impacto positivo, particularmente, las que hicieron referencia al ámbito público a través de los mecanismos de financiación para el pago a proveedores de las Administraciones Públicas. No obstante, estas medidas son insuficientes si no se introducen otras que combatan lo que se denomina la ‘‘cultura de la morosidad’’. Para ello, desde Cepyme hemos propuesto modificaciones que eliminen algunas deficiencias de la misma, que hacen referencia a la posibilidad de distintos cómputos de los plazos de pago o la posibilidad de alargar los plazos fijados por ley, entre otras. Asimismo, como propuestas regulatorias adicionales, consideramos imprescindible el diseño e implantación de un régimen proporcional y objetivo de infracciones y sanciones, como “instrumento disuasorio” para combatir a corto plazo el retraso intencional de los pagos», señala González.

La petición de que los intereses de demora se pueda solicitar de oficio en el sector privado es otra de las reivindicaciones de la PMcM. Según Cañete, muchas empresa renuncia a reclamarlos por miedo a las represalias de los clientes. Según datos de la propia Plataforma Multisectorial contra la Morosidad, el 96% de los proveedores no exige indemnización legal por costes de recobro en caso de retraso o impago; el 91% no exige a sus clientes morosos intereses de demora y al 68% se les imponen plazos de pago superiores a los permitidos por la ley. Por el momento, el Consejo de Ministros aprobó el pasado 22 de diciembre, a petición de la Comisión Europea, la modificación de la metodología de cálculo del periodo medio de pago a proveedores (PMP) de las Administraciones Públicas (AA PP). Tras las reiteradas reclamaciones que interpuso la PMcM, la modificación del Real Decreto del 25 de julio de 2014 implica que el cálculo del periodo medio empezará a computar a partir de la aprobación de las facturas, y no, como hasta ahora, que se producía desde los 30 días posteriores a su aprobación.

Por comunidades autónomas, en el segundo trimestre de 2017 eran Castilla y León y Cataluña las que albergaban empresas con mejor comportamiento de pago, aunque fueron las compañías navarras y cántabras las que mas redujeron el plazo del pago entre marzo y junio.

Por sectores, la distribución alimentaria es la rama de actividad con mejor comportamiento en cuanto al cobro de facturas, mientras que los sectores textiles y construcción y promoción acumulan mayores retrasos.