Energía

Las medidas para acabar con el milmillonario fraude de los hidrocarburos, a un paso de entrar en vigor

Las órdenes que regulan el cobro del IVA con la conocida como "solución italiana" están muy cerca de entrar en vigor

La persistente necesidad de los hidrocarburos
Surtidores de carburante de una gasolineralarazonlarazon

El fraude de los carburantes, que cada año resta alrededor de 1.000 millones de euros de recaudación a las arcas públicas pero que era un gran desconocido hasta que se desmanteló una red que presuntamente lo practicaba y en la que participaba Víctor de Aldama, el presunto «conseguidor» en la trama de supuestas comisiones ilegales que se investiga en el «caso Koldo»; está muy cerca de pasar a mejor vida. Según aseguran fuentes del sector a LA RAZÓN, la entrada en vigor de la conocida como "solución italiana" que demandaba el sector para erradicarlo está muy cerca de hacerse efectiva.

Tal y como explican los consultados, los cambios normativos, dependientes del Ministerio de Hacienda, entrarán en vigor en cuestión de semanas una vez que hoy mismo concluye el plazo para presentar observaciones a los proyectos de órdenes que regulan los dos instrumentos con los que los delincuentes tendrán mucho más complicado eludir el pago del IVA con el defraudan a las arcas públicas, el registro de operadores confiables y los avales para garantizar el pago de este impuesto.

Aunque desde el sector esperaban que ambos mecanismos hubieran entrado en vigor en el primer trimestre del año, las fuentes consultadas explican que su aprobación se ha demorado por la complejidad técnica que implica su implementación.

El nuevo mecanismo contra el fraude de IVA en los carburantes introducido a través de la modificación de la Ley del IVA aprobada el pasado 20 de diciembre obliga al dueño del producto que lo tenga en custodia en un depósito fiscal y que lo extraiga a garantizar el pago del IVA correspondiente a la salida del depósito fiscal.

Hasta ahora, es cuando estos carburantes se sacan de estos depósitos cuando se devenga todo este impuesto acumulado tras las sucesivas transacciones realizadas dentro del depósito fiscal de hidrocarburos, donde permanece en régimen suspensivo de impuestos. Lo que los defraudadores hacen es extraer el carburante, repercutir el IVA a sus clientes y cobrárselo. Pero, al mismo tiempo, o bien no pagan ese impuesto a Hacienda, o bien declarándolo, solicitan aplazamientos de pago para ganar tiempo y desaparecer antes de que la Agencia Tributaria actúe contra ellos, liquidando la sociedad con la que operan o dejándolas inactivas, por lo que ese agujero económico pasa a engrosar la lista de deudores de la Agencia Tributaria, sin posibilidad de recobrarlo, junto con las sanciones que devengaban por ese incumplimiento.

Al no pagar el IVA, estos operadores cuentan con ese margen del 21% del coste del combustible para venderlo más barato y sacar un beneficio. Desde el sector calculan que sólo por no pagar el IVA se genera una ventaja competitiva de 20 céntimos por litro de carburante. Una barbaridad en un producto con un coste medio de 1,5 euros.

Garantías de pago

Para garantizar que se pagará ese IVA, en el cambio introducido en la ley de este impuesto se exigirá a quien extraiga el carburante del depósito fiscalun aval o un pago a cuenta, siguiendo el modelo de la denominada "solución italiana", conocido asípor haberse aplicado ya en este país con éxito para erradicar el mismo problema. En el caso del aval, será a favor de la Agencia Tributaria y tendrá que garantizar el 110% de la cuota del IVA correspondiente a la operación asimilada a la importación devengadas en los 2 meses anteriores a la extracción de los productos. Transcurridos tres meses desde la extracción, sin que se justifique el pago del IVA por las entregas sujetas y no exentas, se podrá ejecutar la garantía.

El pago a cuenta será del 110% de la cuota del impuesto correspondiente a una entrega sujeta y no exenta que se haga posteriormente de dichos bienes.

La norma establece dos exenciones a dicha obligación: ser un operador económico autorizado en el sentido de la normativa europea o ser un operador confiable, condición que tendrá que ser reconocida por la Agencia Tributaria (AEAT). Para tener esta última condición, deberá cumplir unos requisitos como estar inscrito en el registro de extractores, tener un volumen de extracciones durante el año natural anterior de, al menos, 1.000 millones de litros de hidrocarburos destinados a ser carburantes, haber realizado operaciones al por mayor durante al menos tres años o cumplir ciertos requisitos de solvencia financiera establecidos en la normativa europea.

El depósito fiscal sería responsable solidario de la deuda de IVA en caso de que permita que el producto salga del depósito sin la previa acreditación de una de estas dos condiciones.

Además, se ha modificado el Reglamento del IVA para imponer el régimen mensual a los extractores y titulares de depósitos fiscales.