
Agencia Tributaria
La multa que te pondrá Hacienda si ingresas o pagas a partir de estas cantidades
La administración exige que todos los movimientos de dinero estén perfectamente documentados, conservando los justificantes durante al menos cinco años

La Agencia Tributaria ha vuelto a poner el foco sobre los movimientos bancarios de ciudadanos y empresas, endureciendo los controles y las sanciones para quienes incumplan los límites establecidos en la normativa fiscal. En 2025, el panorama ha cambiado: Hacienda no solo vigila con lupa los grandes ingresos y pagos, sino que ha reforzado los requisitos de justificación para cualquier operación que supere ciertas cantidades.
A diferencia de años anteriores, en los que la atención se centraba en transferencias o pagos superiores a 10.000 euros, la Agencia Tributaria ha ajustado su radar y ahora cualquier movimiento de dinero a partir de 6.000 euros ya puede desencadenar una investigación. Incluso con 3.000 euros, Hacienda puede comenzar a analizar la operación si detecta patrones sospechosos o falta de justificación. Esta reducción del umbral responde a una estrategia de prevención del fraude y blanqueo de capitales.
La normativa, recogida en la Ley 7/2012 y la Ley 10/2010, establece sanciones escalonadas en función de la gravedad de la infracción. Para las operaciones más graves, las multas pueden alcanzar hasta el 150% de la cantidad no declarada, con un tope de 150.000 euros. Esto afecta tanto a particulares como a empresas y, desde este año, también a los movimientos entre familiares, que anteriormente quedaban fuera de la lupa fiscal si eran considerados regalos o préstamos.
Ahora, incluso las transferencias entre parientes cercanos deben estar debidamente documentadas: si es un regalo, hay que presentar una declaración de donación; si es un préstamo, será necesario un contrato privado; y si se trata de un pago, deberá conservarse la factura correspondiente.
Dinero en efectivo
El uso del dinero en efectivo sigue estando muy limitado. Desde la entrada en vigor de la Ley 11/2021, el límite para pagos en efectivo entre empresarios o profesionales es de 1.000 euros. Si se supera esta cantidad, la sanción será del 25% del importe pagado en efectivo que exceda el límite permitido. La responsabilidad es compartida: tanto quien paga como quien recibe deben cumplir con la normativa.
¿Y si la operación es justificada?
La clave para evitar sanciones está en la justificación. Hacienda exige que todos los movimientos de dinero, ya sean transferencias, pagos en efectivo o incluso préstamos, estén perfectamente documentados. Los justificantes deben conservarse durante al menos cinco años, ya que la Agencia puede solicitarlos en cualquier momento.
Además, la normativa europea prevé que a partir de 2027 el límite máximo para pagos en efectivo se reducirá a 10.000 euros, obligando a los contribuyentes a acostumbrarse a operar cada vez más a través de canales electrónicos y bancarios.
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