Viajes

Overbooking en vuelos: ¿es legal?

El overbooking es una práctica que consiste en que una compañía aérea vende más billetes que plazas disponibles tiene en el avión

Una pasajera viendo el panel de vuelos en un aeropuerto
Una pasajera viendo el panel de vuelos en un aeropuertoGOBIERNO DE CANARIASGOBIERNO DE CANARIAS

El verano comenzará en apenas unos días. Este es uno de los momentos más esperados del año por muchas personas en nuestro país, puesto que la temporada estival es sinónimo de días interminables, de buen tiempo y de vacaciones. A la hora de viajar para vivir nuevas experiencias y desconectar de la rutina, muchos deciden coger un vuelo, dado que en apenas unas horas podrán llegar a ese destino soñado. Sin embargo, apostar por el avión no siempre es una buena opción, ya que los pasajeros pueden tener que enfrentarse a cancelaciones de vuelos, retrasos, huelgas o incluso overbooking, lo que arruinará esos ansiados días de descanso. Y es que tan solo en 2024, en el portal de reclamaciones reclamador.es, ya se han recibido casi 500 quejas por overbooking.

El overbooking es una práctica comercial legal permitida en la Unión Europea y regulada por el Reglamento (CE) 261/2004. Esta práctica "se puede encajar en el denominado caso de “denegación de embarque” y suele ocurrir cuando una compañía aérea vende más billetes que plazas disponibles en el avión y hay más pasajeros que asientos", asegura la abogada de Legálitas, Laura Sierra.

Esta práctica consiste en emitir un número de billetes ligeramente superior al de los asientos disponibles para maximizar la ocupación de sus vuelos, aunque no siempre aciertan con sus previsiones. Por tanto, la aerolínea pedirá que se presenten pasajeros voluntarios para no embarcar a cambio de determinados beneficios, además del correspondiente reembolso del importe del billete o que a estos les reubiquen en un transporte alternativo.

En el caso de que no haya voluntarios suficientes, la compañía procederá a la denegación del embarque a algunos de ellos contra su voluntad. Los pasajeros no voluntarios contarán con los siguientes derechos:

  • A un derecho de atención consistente en comida y bebida suficiente mientras esperan, dos llamadas telefónicas –o comunicaciones a través de télex, mensajes de fax o correos electrónicos–, alojamiento en un hotel si tienen que pernoctar y al transporte entre el aeropuerto y el lugar de alojamiento.
  • A una compensación económica que podrá ascender hasta los 600 euros. La cuantía variará en función de la distancia entre el origen y el destino del viaje: por una distancia inferior a 1.500 kilómetros, la compensación será de hasta 250 euros; por distancias entre 1.500 y 3.500 km, de hasta 400 euros y por trayectos de más de 3.500 km, de hasta 600 euros. Esta indemnización económica se reducirá en un 50% si se acepta un transporte alternativo y respecto de la hora prevista de llegada inicialmente para vuelos de hasta 1.500 km no superan las dos horas, para vuelos entre 1.500 y 3.500 kilómetros no superan las tres horas y para el resto no superan las cuatro horas.
  • Las aerolíneas deben compensar al pasajero por cualquier gasto adicional generado debido al overbooking como reservas de hoteles, tours o alquileres de coches que no sean reembolsables.

¿Cómo reclamar en caso de overbooking?

En el caso de overbooking se deberá presentar una reclamación ante la compañía aérea, aunque si en el plazo de un mes no se recibe respuesta alguna, se tendrá que presentar una nueva reclamación ante la Agencia Estatal de Seguridad Aérea.

Si se tiene que acudir a esta agencia a reclamar por overbooking se deberá aportar toda la documentación que acredite que se tenía el billete adquirido –confirmación de la reserva, billete...– y si reubican al pasajero, los documentos que acrediten la reubicación.

Además, Sierra asevera que si no se recibe el derecho de atención se debe "aportar tanto a la reclamación inicial a la compañía aérea como ante la Agencia Estatal de Seguridad Aérea y la justificación de estos gastos que se reclaman".