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Andalucía

Piden acabar totalmente en 5 o 10 años con la deducción de vivienda

La Razón
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El presidente de la comisión de expertos sobre la reforma fiscal, Manuel Lagares, ha propuesto acabar en un plazo "razonable"de entre 5 y 10 años con la vieja deducción por adquisición de vivienda, infoma Efe.

El informe indica que entre los motivos para acabar con esta deducción está el hecho de que constituye una causa importante, "como se señala por los organismos internacionales", para no reducir el endeudamiento con mayor rapidez incluso disponiendo de fondos suficientes para ello, sino hacerlo anualmente solo hasta el límite fiscalmente permitido para esa deducción.

Según los expertos, con ello se alarga artificial e injustificadamente el proceso de desapalancamiento de la economía española.

Además defiende el fin de la deducción por vivienda porque puede prolongar en varias décadas la vigencia dentro del IRPF de una institución ya eliminada.

A este respecto, asegura que por estos motivos debería plantearse la desaparición total de estas deducciones en un plazo razonable, lo que conduciría a establecer plazos y límites adecuados para su liquidación definitiva.

Asimismo, subraya que de esta manera la protección al ahorro quedaría circunscrita exclusivamente al procedimiento establecido hoy para atender a situaciones de dependencia y envejecimiento.

Impuesto a las bolsas de plástico

El comité de expertos que ha elaborado un informe sobre la reforma fiscal "no considera oportuno"articular un impuesto sobre las bolsas de plástico desechables que venden o distribuyen establecimientos comerciales y tiendas, informa Ep.

El informe apunta a la "dudosa eficacia medioambiental"que presenta este tipo de imposición, que actualmente aplica Andalucía, y que en 2012 generó a esta Comunidad una recaudación de 735.016 euros.

Andalucía y Cantabria son las comunidades que hasta ahora han articulado una tasa sobre las bolsas de plástico desechables, si bien el impuesto fue posteriormente derogado.

Según explican los expertos, el hecho imponible de este gravamen está constituido por el suministro de bolsas de plástico de un sólo uso por un establecimiento comercial a los consumidores.

De su lado, la base imponible la integran el número total de bolsas desechables suministradas a lo largo del periodo impositivo, y el tipo impositivo, en el caso de Andalucía, está fijado en cinco céntimos de euro por bolsa, "importe unas cinco o seis veces superior al coste de su fabricación", según el informe.

La cuota tributaria debe repercutirse al consumidor y aparecer de forma expresa en la factura o recibo que la tienda o establecimiento se da al comprador como justificante de la compra.

Tras realizar este análisis, el comité de expertos concluye que "en la doctrina se ha dudado respecto a la eficacia medioambiental de este tipo de impuestos", por lo que "no considera oportuno extenderlos a la totalidad del territorio nacional".