Banca
¿Puede un menor abrir su propia cuenta bancaria?
A partir de los 14 años, algunas cuentas ofrecen la posibilidad de que el titular de la cuenta disponga de una tarjeta de débito
El uso del dinero está presente en todas las etapas de nuestra vida, incluso cuando somos todavía pequeños. Y es que todos en algún momento hemos recibido una paga de nuestros padres para salir con amigos, hemos ido a comprar el pan o ha llegado a nuestras manos el típico billete que te daba tu abuela a escondidas. Pese a que todos manejamos billetes y monedas desde jóvenes, la educación financiera es una asignatura pendiente que, en muchas ocasiones, brilla por su ausencia. Por tanto, es esencial transmitir a los más pequeños conceptos básicos de la economía como ahorro, inversión o presupuestos para que pueden afrontar con éxito futuros problemas económicos y gozar de una buena salud financiera. Ante este escenario, son muchos padres los que se plantean que sus hijos tengan una cuenta bancaria para crear hábitos financieros saludables desde la infancia y para que aprendan a gestionar sus propios fondos y ahorrar.
Pero, ¿puede un menor abrir su propia cuenta? "Aunque un menor puede tener una cuenta a su nombre, no puede abrirla. Esto se debe a que los menores no tienen capacidad legal para contratar productos financieros", explican desde el blog de CaixaBank.
El menor tiene capacidad jurídica, pero no capacidad de obrar, por lo que no podrá abrir una cuenta a su nombre por sus propios medios. Los encargados de hacerlo deberán ser sus padres o tutores, ya que, según el Código Civil, estos son quienes tienen la patria potestad y representan al menor a efectos legales. En el caso de divorcio, ambas partes tendrán patria potestad, aunque la ejercerá quien tenga la custodia, siendo esta quien solicite la apertura de la cuenta. Los abuelos, tíos u otros familiares no podrán abrir una cuenta bancaria a nombre del menor, pero podrán optar por los planes de ahorro si quieren ayudar a ahorrar al pequeño de la casa.
"Abrir una cuenta bancaria para niños les ayudará a generar el hábito del ahorro, a familiarizarse con la operativa financiera y también a contar con un colchón para sus estudios, viajes u otras actividades, que les ayudará a construir su futuro", asevera la entidad financiera.
El titular de la cuenta será el menor, aunque sus padres o tutores serán los representantes legales y tendrán acceso a la misma hasta que cumpla 18, edad en la que adquiere capacidad de obrar, por lo que podrá ejercer los derechos sobre su cuenta bancaria. Desde CaixaBank explican que "si quienes eran sus representantes legales quieren seguir interviniendo en la cuenta, podrán hacerlo si el titular solicita que figuren como autorizados".
Hasta que no llegue la mayoría de edad, el menor podrá realizar ingresos en la cuenta, pero los reintegros deberán ser ordenados por sus padres o tutores. Además, a partir de los 14 años, algunas cuentas ofrecen la posibilidad de que el titular de la cuenta disponga de una tarjeta de débito que controlen sus padres en cuestiones como el límite de dinero que puede sacar o pagar con ella.
Documentación necesaria para abrir una cuenta bancaria
Para poder abrir una cuenta bancaria a un menor en nuestro país se deberá aportar la siguiente documentación:
- DNI, NIE o NIF –número de identificación fiscal– que acredite la identidad del menor, aunque si este todavía no ha cumplido 14 años y no tiene DNI, se puede obtener un NIF provisional para figurar como titular de la cuenta, que será válido hasta que se le asigne el definitivo. "Se puede solicitar a la Agencia Tributaria a través del modelo 030", explica la entidad financiera.
- DNI o NIF del representante legal y documentación que acredite su representación como el libro de familia.
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