Pensiones

¿A qué edad se puede jubilar un autónomo?

Los jubilados autónomos reciben una pensión media de 917 euros al mes

Un grupo de jubilados en un parque madrileño
Un grupo de jubilados en un parque madrileñolarazon

Trabajar dignifican o eso dicen. No obstante, son muchos los trabajadores que están deseando que llegue el momento de jubilarse, poniendo punto y final a la vida laboral y comenzar a disfrutar de una pensión durante sus últimos años.

"La prestación económica por jubilación, incluida en todos los regímenes del sistema de la Seguridad Social, trata de sustituir las rentas del trabajo por una pensión vitalicia, única e imprescriptible, cuando el trabajador a causa de la edad cesa total o parcialmente en su actividad laboral", explica la Seguridad Social desde su página web.

La pensión media de jubilación del sistema se sitúa en los 1.376,40 euros al mes en septiembre de 2023, mientras que la procedente del Régimen General asciende a los 1.533,09 euros al mes, según los datos del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). La pensión que perciben los jubilados autónomos ni siquiera llega al Salario Mínimo Interprofesional –1.080 euros brutos mensuales–, ya que reciben una pensión media de 916,70 euros al mes.

Edad de jubilación

Pero, ¿a qué edad se puede jubilar un autónomo? "La edad de jubilación se retrasa desde los 65 a los 67 años. El incremento será progresivo hasta llegar en 2027 a los 67 años. Para ello, regula un período de cotización transitorio de 10 años, pasando de 15 años, a los 25 años de la nueva Ley, que están plenamente vigentes desde 2022", explican desde la Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA).

Además, al igual que la edad de jubilación, el periodo de cotización exigido para obtener el 100% de la prestación pasará de 35 años a 37 años de cotización hasta 2027. En este sentido, el requisito de edad será haber cumplido la edad de 67 años, o bien 65 años cuando se acrediten 38 años y 6 meses de cotización en 2027.

El autónomo puede jubilarse de forma voluntaria dos años antes de la edad de jubilación legal. En 2023, la edad de jubilación legal es 66 años y 4 meses si se han cotizado menos de 37 años y 9 meses, aunque si se ha superado este periodo, la edad será de 65 años. Por tanto, el trabajador autónomo podrá jubilarse anticipadamente a partir de los 64 años y 4 meses o los 63 en caso de haber cotizado más de 37 años y 9 meses. Por tanto, no es posible que un autónomo se jubile antes de los 60.

Además, el trabajador por cuenta propia debe cumplir también el requisito de tener al menos 35 años cotizados. "La pensión a percibir en este caso se verá reducida en un porcentaje en función de los años cotizados. Además, se protege a quienes se han visto en la obligación de jubilarse de forma prematura y se respetan las condiciones de acceso en los acuerdos pactados anteriores a esta Ley", sentencian desde ATA.