Vivienda
¿Qué ocurre cuando se han hipotecado varios inmuebles como garantía para un préstamo?
Tras pagar la última cuota del préstamo se deberá cancelar la hipoteca en el Registro de la Propiedad
El préstamo hipotecario "nos permite disponer de una importante cantidad de dinero, habitualmente, para comprar una vivienda o rehabilitarla", tal y como explican desde el Banco de España (BdE). Este crédito lo concederá la entidad prestamista a cambio de que se devuelva a largo plazo, pagando una serie de intereses.
Terminar de pagar la hipoteca es el sueño de cualquier propietario, ya que la deuda con la entidad bancaria quedará saldada después de años y años. Llegado este momento tras pagar la última cuota del préstamo se deberá cancelar la hipoteca en el Registro de la Propiedad. "Esto es así en la mayoría de los casos, cuando la garantía de la hipoteca recae sobre un único inmueble, como puede ser nuestra vivienda", asegura el BdE.
Pero, ¿qué ocurre si, como garantía para un préstamo, se han hipotecado varias fincas o inmuebles? El préstamo con garantía hipotecaria es aquel en el que, para su concesión, el solicitante pone como garantía de pago una casa que tenga en propiedad. De esta forma, en el caso de que no se pueda hacer frente a las cuotas hipotecarias, el banco podrá ejecutar su derecho a quedarse con este bien y recuperar el dinero. Desde el blog de BBVA aseguran que esta es una fórmula utilizada en banca para asegurar operaciones financieras, por ejemplo, en préstamos cuando "el perfil del solicitante no ofrece todas las garantías necesarias de que será capaz de devolver el dinero prestado".
Por su parte, el BdE asegura que "en estos casos, si se ha pactado una única hipoteca sobre todos los inmuebles, no es posible la liberación únicamente de uno de ellos, aunque se haya pagado por completo la carga hipotecaria correspondiente a ese bien, salvo que se lo propongamos a la entidad y esta acceda a la petición".
Además esta entidad pone un ejemplo para que este sea más claro. Una persona pide un préstamo hipotecario con la garantía de la vivienda habitual y de una segunda residencia. Aunque ya se haya pagado un importe del préstamo que supera el valor garantizado de esa segunda residencia, no se podrá dejar libre de cargas hasta que se termine de pagar todo el préstamo hipotecario, salvo que la entidad esté de acuerdo en ello.
"La hipoteca es indivisible y el reparto de la responsabilidad hipotecaria entre cada inmueble solo determina el importe máximo por capital, intereses, costas y gastos por el que se puede ejecutar cada una de ellas", sentencia el BdE.
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