Vivienda

¿Quiere alquilar su piso a turistas? Así es como podrá evitar que los vecinos se nieguen a ello

El arrendamiento de vivienda habitual es la opción que ofrece una mayor rentabilidad

Las viviendas de alquiler para uso turístico tendrán que tener licencia
Las viviendas de alquiler para uso turístico tendrán que tener licencialarazon

El alquiler de una vivienda vacía es la alternativa a la que recurren muchos propietarios para obtener una nueva fuente de ingresos a la vez que el inmueble se revaloriza y así poder hacer frente, de manera más desahogada, a una vida cada vez más cara. Aunque el arrendamiento de vivienda habitual es la opción que ofrece una mayor rentabilidad, no es la única, ya que también se puede optar por la modalidad turística. Muchas personas en nuestro país deciden poner su piso a disposición de los turistas, sin embargo, el trasiego de diferentes personas puede ocasionar molestias a la comunidad de propietarios. Por ello, desde el portal inmobiliario pisos.com explican seis formas para evitar que los vecinos se nieguen a que una persona alquile su piso a aquellos que visiten la ciudad.

Alta como apartamento turístico

El interesado en dar de alta un apartamento turístico deberá informarse en la página web del ayuntamiento sobre los trámites que deben seguirse para adquirir una licencia de explotación del inmueble como vivienda vacacional.

"Bastaría con contar con la licencia de primera ocupación para realizar la inscripción. El código que te proporcionen suele ir acompañado de una placa en la fachada. Tener todos los papeles en regla es el primer paso para demostrar a tus vecinos que tu alquiler es perfectamente legal", asevera el portal inmobiliario.

Gestión en persona

La gestión del piso turístico deberá realizarse en persona, aunque en el caso de que el propietario no viva en la misma ciudad donde esté ubicado este inmueble, este deberá recurrir a alguien de confianza o a una agencia especializada para que se preocupe del bienestar del huésped así como el de los vecinos. Por tanto, en el momento de entrada y salida estos representantes legales deberán estar presentes.

Capacidad limitada

Aunque las personas que alquilan este tipo de inmuebles suelen cumplir unos mínimos de comportamiento, a veces es inevitable que se produzcan ruidos en estos pisos. Por ello, el propietario de esta vivienda deberá indicar la capacidad máxima del piso y prohibir que entren más personas de las que realmente caben en este espacio,

Horarios de entrada y salida

Al anunciar la vivienda de alquiler se debe incluir la hora en la que se podrá entrar, así como en la que se deberá abandonar el inmueble. El portal inmobiliario aconseja que "lo mejor" es que se establezcan "unos márgenes razonables que, si bien pueden ser un poco flexibles, de ningún modo pueden incluir horas sensibles en las que el descanso de tus vecinos se vea alterado".

Nada de fiestas

El interesado en alquilar una vivienda a turistas debe tener cuidado con la persona a la que arrienda el piso y dejar claro que las fiestas están prohibidas. La existencia de música y ruidos hasta altas horas de la madrugada pueden molestar a los vecinos y estos podrían prohibir la existencia de los alquileres turísticos en la comunidad. Además, en el caso de que exista un peligro real, también podrá intervenir la policía y el propietario podrá recibir alguna que otra denuncia.

Acuerdo de la comunidad

Los vecinos suelen ser reacios a ver caras nuevas por cuestión de seguridad. Por ello, la comunidad de propietarios podrá ponerse de acuerdo e incluir la prohibición expresa en los estatutos de la comunidad. Aunque, con anterioridad, este acuerdo exigía una unanimidad, ahora el veto se aprobará si tres quintas partes de las cuotas de participación lo han aprobado.

"Tras esta votación, se expedirán un certificado que deberá llevarse al Registro de la Propiedad para su inscripción, pero esto tiene un coste que no todos los vecinos estarán dispuestos a asumir. Por eso, si los aranceles no han sido satisfechos, la limitación no es efectiva", asegura el portal inmobiliario.