Fiscalidad

"Si quieren ayudar, declaren exenta la ayuda de 200 euros en la declaración de la renta"

Fernando Jesús Santiago Ollero, presidente del Consejo General de los Colegios de Gestores Administrativos, denuncia la "trampa" escondida en las últimas ayudas del Gobierno de Pedro Sánchez

Fernando Jesus Santiago Ollero, presidente del Consejo General de Colegios de Gestores Administrativos de España
Fernando Jesus Santiago Ollero, presidente del Consejo General de Colegios de Gestores Administrativos de EspañaDavid JarLa Razón

La ayuda de 200 euros para personas físicas de bajo nivel de ingresos y patrimonio trae un regalo envenenado, como ocurrió con el Ingreso Mínimo Vital (IMV) y con las prestaciones del ERTE Covid: un buen número de los que la perciban pueden estar obligados a presentar la declaración del impuesto sobre la renta de personas físicas del ejercicio 2023 (que se presentará en la primavera de 2024). La razón, explican los Gestores Administrativos, es sencilla: se trata de una ganancia patrimonial no exenta que no está sujeta a retención. Bastará, para ello, con que, además de la ayuda, perciban más de 1.000 euros anuales por la suma total de los rendimientos del trabajo, del capital mobiliario o inmobiliario, de otras ganancias patrimoniales -con o sin retención- o de rendimientos de actividades económicas.

Esta situación, además de suponerles tener que afrontar los inconvenientes administrativos que supone presentar la declaración, con la posibilidad de que ésta salga a pagar o, lo que es bastante peor, en el caso de que declaren rentas anuales superiores a 1.800 euros anuales por todos los conceptos, les suponga a sus descendientes o, en su caso, a sus ascendientes, perder la posibilidad de practicar los correspondientes mínimos familiares por descendientes, ascendientes o discapacitados.

Sería el caso de un contribuyente obligado a declarar por este concepto, -por ejemplo, un padre, mayor de 65 años incluido en la declaración de su hija, o el de un hijo incluido en la declaración de sus padres- que practica el correspondiente mínimo familiar por convivencia y dependencia y aun por discapacidad. El importe de los mínimos familiares que pueden verse comprometidos oscilan entre los 1.150 euros y 14.150 euros, por término general.

Algo parecido sucede con los 400 euros del bono cultural o las ayudas o bonos que las entidades locales facilitan para impulsar el comercio o el turismo.

Fernando Jesús Santiago Ollero, presidente del Consejo General de los Colegios de Gestores Administrativos, afirma que “mis compañeros nos están transmitiendo su preocupación porque, cuando van a realizar la solicitud, se encuentra que la mayor parte de los potenciales solicitantes son personas con escasos recursos, que se van a ver obligados a presentar el año que viene la declaración y que puede que, entre el coste de realizarla (se la tiene que realizar un profesional) y la posibilidad de que el resultado sea a pagar, los 200 euros se conviertan en un verdadero problema”.

“No logramos entender cómo, después de que ya se advirtió con el IMV y con las prestaciones del ERTE Covid, los redactores de la norma no han tenido en cuenta estas implicaciones fiscales. Luego se llevarán las manos a la cabeza si la ayuda es un fiasco, si dentro de un año se queja todo el mundo o si les decimos que solo les preocupa el voto”, indica Santiago.

Un ejemplo

A continuación, pondremos un ejemplo para que se pueda ver el efecto que puede causar esta situación. Una persona en el 2021 tuvo unos ingresos íntegros de 20.553.45 euros. Se le retuvieron 1.966,25 y a seguridad social correspondieron 1.304,19. Con estos datos NO presentó Declaración porque no superaba los 22.000 euros y tener un solo pagador y porque si la hubiera presentado le hubiera salido a pagar 238,03 euros. Ahora con la Ayuda de 200 euros que puede solicitar al ganar menos de 27.000, si esta Ayuda tiene que declararse le obligará a presentar la Declaración con un Resultado a pagar de 284,43 euros

El presidente de los Gestores Administrativos afirma que la solución es sencilla, “que el Gobierno modifique la norma e indique que esta ayuda está incluida entre las ganancias patrimoniales exentas o que su percepción no obliga a presentar declaración a quienes no estuvieran obligados a hacerlo por otras rentas”. En la propia norma donde se ha regulado esta Ayuda se establece la posibilidad de que el Ministerio de Hacienda pueda “desarrollar, interpretar o aclarar el contenido del art. 74 del Real Decreto-ley 20/2022”, por lo que posibilidad de atajar el problema existe de forma directa.