Derecho laboral

Sebastián Ramírez, abogado laboralista: "Estas son las cuatro cosas que nunca deberías permitir en tu trabajo"

El experto cuenta los factores que suceden a menudo y no deberían ser tolerados por el trabajador bajo ningún concepto

Sebastián Ramírez, abogado laboralista, sobre la reducción de la jornada laboral: "Tu jefe te dará doce días más de vacaciones"
Sebastián Ramírez, abogado laboralista: "Estas son las cuatro cosas que nunca deberías permitir en tu trabajo"La Razón

En el mundo laboral actual, muchas empresas han convertido su prestigio en una herramienta para exigir a sus trabajadores compromisos que exceden los límites legales. Especialmente en las grandes corporaciones, el nombre y la reputación de la compañía se presentan como un privilegio para el trabajador que acaba de incorporarse. Sin embargo, esta narrativa suele encubrir jornadas prolongadas no reconocidas y tareas que no se ajustan al contrato firmado. La promesa de proyección profesional o pertenencia a un equipo influyente sirve, en muchas ocasiones, para justificar condiciones que vulneran los derechos más básicos del empleado.

Los trabajadores jóvenes o recién llegados suelen ser el objetivo principal de estas prácticas. La inexperiencia y el deseo de consolidar una carrera hacen que acepten jornadas que superan lo permitido por el Estatuto de los Trabajadores o disponibilidad absoluta fuera del horario laboral. El artículo 34 de esta norma establece que la jornada ordinaria no debe exceder las 40 horas semanales y que toda hora extra debe ser compensada adecuadamente. Aun así, es habitual que se imponga una cultura de permanencia que premia al último en irse o al que contesta correos a cualquier hora sin importar factores como su vida personal o lo quehaceres del contribuyente.

Otro de los abusos frecuentes es la asignación de tareas que no se corresponden con la categoría profesional del trabajador. En lugar de permitir que el empleado crezca en sus funciones a medida que adquiere experiencia, muchas empresas imponen responsabilidades que deberían ir acompañadas de una retribución mayor o un cambio de categoría laboral. El artículo 39 del Estatuto permite la movilidad funcional siempre que respete la cualificación y la dignidad del empleado pero esta cláusula es ignorada cuando se trata de exprimir al máximo la productividad sin ofrecer mejoras reales. Esta práctica, camuflada bajo el discurso del aprendizaje continuo, genera frustración y desgaste en quienes confiaron en la empresa como un lugar para desarrollarse.

Las cuatro líneas rojas que debe conocer el trabajador

En este contexto, el abogado laboralista Sebastián Ramírez, conocido en redes sociales bajo el pseudónimo de "Leyes con Sebas", expuso en una de sus publicaciones más recientes todas las líneas rojas que no debe tolerar un empleado en su puesto de trabajo habitual. En muchas ocasiones el verdadero problema proviene del desconocimiento total de los derechos laborales que uno tiene siempre que se encuentre en el entorno laboral. De esta suerte, es imprescindible informarse en fuentes fiables y preguntar por asesoramiento ante profesionales. "Es indudable que en muchos casos suceden cosas que no deberían suceder y los trabajadores no lo saben", explica el abogado.

Horas extras voluntarias y contactarte fuera del horario laboral

"En primer lugar, hacerte quedar más horas en tu puesto de trabajo", asegura Ramírez indicando que las horas extra son totalmente voluntarias. Este horario extraordinario, además de ser elegido por el trabajador y no por el superior, ha de ser remunerado en función de las condiciones contractuales que establece el escrito firmado al inicio de la actividad laboral. "En segundo lugar, contactarte fuera de tu puesto de trabajo constantemente", agrega en relación a una práctica cada vez más habitual en los entornos de teletrabajo. Este acto supone una vulneración directa del derecho a la desconexión digital reconocido en el artículo 88 de la Ley Orgánica de Protección de Datos.

Vacaciones sin antelación y el cambio repentino de funciones

Ramírez informa de que la concesión de vacaciones de un día para otro es una acción muy repetida que no debe ser consentida en estos casos. "Las vacaciones deben ser de mutuo acuerdo y debe saberse con dos meses de antelación como mínimo", sentencia. En ninguna situación el superior puede elegir unos días libres que el trabajador no quiera, ni mucho menos imponerlo con su propia ley. "En cuarto lugar, que te cambien tus funciones o tu puesto de trabajo sin consultártelo", concluye. Este apartado es uno de los más repetidos debido a los recortes en plantilla. Pero esta clase de moficiaciones, como el resto de aspectos, han de ser consensuadas con el asalariado.