Ganancia patrimonial

Sergio Gutierrez, analista inmobiliario: "Existen tres formas legales de no pagar IRPF a Hacienda al vender tu piso"

El experto revela tres resquicios legales que pueden ser empleados por los vendedores para evitar perder una fortuna en la retención de impuestos de sus ganancias patrimoniales

Sergio Gutierrez, analista inmobiliario: "Existen tres formas legales de no pagar IRPF a Hacienda al vender tu piso"
Sergio Gutierrez, analista inmobiliario: "Existen tres formas legales de no pagar IRPF a Hacienda al vender tu piso"La Razón

Realizar una operación en el mercado inmobiliario en España no solo implica un elevado desembolso económico sino también atravesar una maraña burocrática que ralentiza y complica cualquier proceso. La compra o venta de una vivienda requiere pasar por una serie de trámites administrativos que, en muchos casos, no están lo suficientemente digitalizados o unificados. La coordinación entre notarios, registros, bancos y administraciones públicas suele ser lenta y poco clara, lo que genera incertidumbre entre compradores y vendedores. Esta falta de eficiencia institucional se convierte en un obstáculo que desalienta a quienes quieren invertir en vivienda o simplemente mudarse.

A esta situación se suma la crisis de la vivienda que atraviesa España y que afecta directamente al funcionamiento del mercado. La escasez de vivienda disponible, especialmente en núcleos urbanos, ha disparado los precios tanto de compra como de alquiler. Esto no solo encarece el acceso a un hogar digno sino que también genera una competencia feroz entre potenciales compradores, lo cual agrava la tensión del sistema. Mientras tanto las administraciones se ven superadas por la demanda y responden con medidas que muchas veces llegan tarde o resultan ineficaces.

Además de los trámites y la dificultad para encontrar inmuebles adecuados, los impuestos asociados a las operaciones inmobiliarias suponen una carga significativa. Gravar la compra con el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales o desembolsar el porcentaje pertinente de IRPF, en el caso del vendedor sobre su ganancia patrimonial. A esto hay que añadir los gastos de notaría y registro así como otros tributos locales que encarecen aún más la transacción. Esta presión fiscal, en un contexto de salarios estancados y condiciones de crédito más exigentes, convierte la adquisición de vivienda en un reto.

En este sentido, Sergio Gutiérrez, analista inmobiliario conocido en redes sociales por sus vídeos divulgativos, sugiere tres vías legales a seguir, siempre que se quiera efectuar la venta de un domicilio, para pagar la menor cantidad de impuestos. "Escucha esto. Hay tres formas legales de no pagar impuestos por la ganancia patrimonial", sentencia.

La reinversión en vivienda habitual

Una de las formas legales para evitar el pago de impuestos al vender una vivienda en España es la reinversión del dinero obtenido en la compra de otra vivienda habitual. "Si vendes tu vivienda habitual y reinviertes ese dinero en otra vivienda habitual dentro de los plazos no tributas por la ganancia", explica. No obstante, existen condiciones muy específicas. El contribuyente debe residir en la vivienda vendida como habitual durante al menos tres años y la reinversión debe producirse en un plazo máximo de dos años desde la venta. Este recurso se ha convertido en una herramienta clave para quienes buscan mejorar sus condiciones de vida sin penalizaciones fiscales.

Contrata una renta vitalicia

Otra posibilidad se presenta en los casos en que la vivienda vendida no es la residencia habitual. "Si no es tu vivienda habitual, puedes contratar una renta vitalicia asegurada con requisitos y límites también queda exento", formula. Si el dinero se reinvierte en una renta vitalicia antes de seis meses tras la venta, la ganancia patrimonial puede quedar exenta de tributación, siempre que no supere los límites marcados por la ley. Esta medida se promueve como una solución de estabilidad económica para quienes buscan ingresos constantes en la jubilación, evitando además el impacto fiscal.

Exención para los mayores de 65 años o dependientes

La tercera vía de exención está directamente relacionada con la edad del propietario. Aquellos mayores de 65 años que vendan su vivienda habitual pueden quedar exentos del pago de impuestos sobre las ganancias obtenidas sin necesidad de reinversión ni contratación de productos financieros. Esta medida pretende aliviar la carga impositiva en una etapa vital donde muchas personas dependen de la venta de su inmueble para garantizar su bienestar.

Al tratarse de un beneficio automático, no requiere trámites complejos, aunque sí es necesario que la vivienda haya sido el domicilio habitual del contribuyente durante los tres años previos a la venta. Por último, el experto lanza un pequeños aviso al diferenciar el Impuesto sobre la Renta con otra clase de gravámenes. "Importante, la plusvalía municipal es un impuesto a parte. Aunque no pagues IRPF puede que sí que tengas que pagarla", esclarece.