Vivienda

Tender ropa en el balcón: ¿pueden mis vecinos prohibírmelo?

El propietario de un inmueble no podrá desarrollar en él o en el resto de la comunidad actividades prohibidas en los estatutos

Ropa tendida
Ropa tendidaLa RazónLa Razón

Las olas de calor se han vuelto recurrentes en nuestro país durante la temporada estival, y es que, tan solo este año, los españoles se han tenido que enfrentar a cuatro de estas. Este fenómeno adverso trae consigo temperaturas "anormalmente altas" en una gran parte de nuestra geografía, que superan fácilmente los 40 grados. Aunque este calor extremo es insoportable para muchos ciudadanos, no se puede negar, que este también tiene su lado positivo. Muchos ciudadanos aprovechan el verano para tender la ropa en el balcón, ya que en apenas unas horas esta estará completamente seca sin que sea necesario tener que recurrir a una secadora o tendedero eléctrico. No obstante, aunque esto sea una realidad en la mayoría de barrios de España, ¿esta práctica es legal?

"Colgar ropa en los balcones está prohibido en muchas localidades españolas y puede ser motivo de sanción", explica el portal inmobiliario Fotocasa. Por ejemplo, las normativas municipales de Barcelona, Madrid y Valencia regulan esta práctica y se contemplan multas para aquellos que la incumplan, puesto que, según ésta, colgar la ropa en el balcón afecta a la estética de la fachada del edificio.

Sin embargo, aunque en algunas localidades no se contemplen sanciones por esta práctica, si que puede estar prohibida en la comunidad de vecinos. Y es que si en la junta de propietarios no se permite tender ropa en los balcones y terrazas por motivos de estética, la comunidad podrá tomar acciones legales contra aquellos que incumplan dicha norma.

"Al propietario y al ocupante del piso o local no les está permitido desarrollar en él o en el resto del inmueble actividades prohibidas en los estatutos, que resulten dañosas para la finca o que contravengan las disposiciones generales sobre actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas", tal y como establece el artículo 7.2 de la Ley de Propiedad Horizontal (LPH).

Esta práctica no solo puede ser poco estética, sino que el portal inmobiliario señala que también podría llegar a ser molesta o incluso un factor de riesgo para el resto de los vecinos y ciudadanos en el caso de que alguna de las prendas de ropa suelte agua o se desprenda del tendedero, tapando la visión de algún automóvil o transeúnte.

"Con las regulaciones que se indican en las ordenanzas municipales de las ciudades en las que se limita esta práctica, se pretende preservar el patrimonio arquitectónico, cultural, histórico y paisajístico de las ciudades. Por ello, pueden contemplarse multas de hasta 750 euros para quienes las incumplan", sentencia el portal inmobiliario.