Agricultura

TJUE: Los Estados miembros no pueden vetar las importaciones de alimentos mal etiquetadas

Un sindicato agrícola francés pedía prohibir la entrada de tomates y melones del Sáhara Occidental con etiqueta de Marruecos

 Agricultores arrojan tomates durante la concentración prevista en el puerto de Motril (Granada)
Agricultores arrojan tomates durante la concentración prevista en el puerto de Motril (Granada) Agencia EFE

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha negado la posibilidad de que los países de la UE puedan establecer prohibiciones unilaterales a la importación de productos alimenticios de terceros y recuerda el Derecho de la Unión no autoriza este tipo de vetos por el mero hecho de que los alimentos no lleven una etiqueta con la información correcta sobre supaís de origen.

Así se ha pronunciado ante una controversia que surgió en Francia por la solicitud de un sindicato agrícola para que las autoridades francesas prohibieran la importación de melones y tomates procedentes del territorio del Sáhara Occidental que, tal como denunciaron, habían sido etiquetados falsamente como originarios del Reino de Marruecos.

La Confédérationpaysanneplanteó esta solicitud al Gobierno francés alegando que los alimentos en cuestión estaban etiquetados incorrectamente. Ante la negativa institucional, el sindicato interpuso un recurso ante el Consejo de Estado francés, que planteó al Tribunal de Justicia varias cuestiones relativas a la interpretación del Derecho de la Unión.

Tal como señala la abogada general Tamara Ćapeta, el veto a esos productos es contrario al Derecho de la UE y recuerda que el comercio internacional de mercancías es una cuestión de política comercial común y, por tanto, una competencia exclusiva de la Unión Europea. Por ello, debe regirse por principios uniformes.

En consecuencia, las prohibiciones de importación sólo pueden ser dictadas por la Unión Europea, a menos que los Estados miembros estén específicamente autorizados a hacerlo. No existe tal autorización para el caso de los melones y tomates mal etiquetados.

Etiqueta del país de origen real

El tribunal también indica que los productos agrícolas, como tomates y melones, que se importen desde el Sáhara Occidental no deben incluir en su etiquetado al Reino de Marruecos como su lugar de origen. En el fallo, se explica que la Unión Europea y la comunidad internacional consideran que el territorio del Sáhara Occidental es distinto y separado del Reino de Marruecos.

Además, la legislación de la UE sobre etiquetado de productos alimenticios, al igual que las normas aduaneras de la UE, exige que se indique el país de origen de los melones y tomates cultivados y cosechados en el Sáhara Occidental. No hacerlo sería contrario a la posición declarada de la UE sobre ese territorio, infringiría el requisito de establecer indicaciones "correctas, neutrales y objetivas" en las etiquetas de los productos alimenticios de la UE, e infringiría la decisión del legislador de la UE de exigir un origen singular a efectos del etiquetado de los productos alimenticios.

Por lo tanto, la etiqueta del país de origen de los melones y los tomates no debe contener ninguna designación territorial distinta de la del Sáhara Occidental. Según Ćapeta, omitir el territorio del Sáhara Occidental como país de origen de melones y tomates puede inducir a error a los consumidores de la UE en sus decisiones de compra. Y esto es precisamente lo que quiere evitar la legislación de la UE sobre etiquetado de alimentos.