
Estafas
La trampa del piso perfecto: el Banco de España alerta de fraudes en alquileres con pago por transferencia
"En cuanto te des cuenta del engaño, contacta con tu banco lo antes posible", explica el organismo bancario

Alquilar un piso hoy en día es complicado, pero hacerlo a un precio económico lo es aún más. Y es que el precio del alquiler en España durante julio de 2025 experimentó un aumento interanual del 10,9%, situándose en 14,6 euros por metro cuadrado, según el portal inmobiliario Idealista. De esta forma, arrendar un piso de unos 80 metros cuadrados cuesta, de media, 1.168 euros al mes, una cifra a la que no pueden hacer frente todos los ciudadanos en nuestro país.
No obstante, en ocasiones aparecen en los portales inmobiliarios algunos apartamentos como estrellas fugaces: precios por debajo del mercado que resultan toda una tentación para quienes buscan vivienda, ya sea como residencia habitual o para las vacaciones. Pero encontrar un piso en una ubicación excelente a un precio muy por debajo de lo habitual suele ser demasiado bueno para ser real.
Ante este escenario, el Banco de España (BdE) alerta a los ciudadanos de las estafas que existen en las reservas de viviendas de alquiler por transferencia bancaria.
Existen varias señales de alerta: fotos excesivamente profesionales, un anunciante que afirma estar en el extranjero y no poder mostrar el inmueble, comunicación únicamente por correo electrónico con errores gramaticales o faltas de ortografía, o -la más preocupante- la exigencia de realizar un pago de reserva por transferencia bancaria por adelantado.
En estos casos, los interesados en alquilar un piso deben pensar antes de actuar, puesto que las transferencias son mandatos de pago irrevocables. "En cuanto te des cuenta del engaño, contacta con tu banco lo antes posible", explican desde el Banco de España. Además, según las buenas prácticas financieras, la entidad debe intentar recuperar el importe, contactando con el banco receptor.
Sin embargo, aunque la entidad debe intentar recuperar el importe, el que haya realizado la transferencia debe tener presente que, una vez se haya abonado el dinero en la cuenta del beneficiario, esta cuantía no puede ser devuelta sin su consentimiento. La otra forma de recuperar el dinero es que exista una orden judicial que obligue a la devolución. En este sentido, ni el banco emisor ni el receptor tienen la obligación de reembolsar la cantidad enviada, siempre que la operación haya sido autorizada por el titular de la cuenta.
Por todo ello, el organismo bancario señala que la mejor protección es la prevención: verifica siempre la oferta y el anunciante antes de transferir cualquier cantidad.
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