
Editorial
Recusación sectaria por razón de gobierno
Era una decisión cantada en todos los mentideros jurídicos, políticos y periodísticos, pero no por atender a razones de derecho, sino porque se trataba de asegurar una mayoría suficiente favorable al Gobierno.

La mayoría progresista del Tribunal Constitucional ha estimado la demanda de recusación contra el magistrado José María Macías Castaño que había planteado la Fiscalía General del Estado. Era una decisión cantada en todos los mentideros jurídicos, políticos y periodísticos, pero no por atender a razones de derecho, sino porque se trataba de asegurar una mayoría suficiente favorable al Gobierno en la tramitación de la demanda de inconstitucionalidad de la Ley de Anmistía. De ahí, que consideremos un ejercicio perfectamente inútil tratar de ponderar los argumentos jurídicos o entrar en discusiones sobre cuestiones técnicas en torno a los plazos superados y otras «menudencias» formales que empañan la decisión, aspectos que serán convenientemente tratados en los cuatro votos particulares que elaborarán los magistrados del sector profesional.
Por lo tanto, no parece que sea caer en una predicción temeraria si aseguramos que la amnistía será declarada constitucional por 6 votos a 4, sin importar que en el ánimo de los padres constituyentes –formalmente expresado durante la tramitación parlamentaria de la Carta Magna por las Cortes– estuviera la prohibición implícita de conceder nuevas amnistías e, incluso, la explícita de los indultos generales, por considerar que estas medidas de gracia sólo eran aceptables para corregir decisiones jurisdiccionales de regímenes políticos no democráticos, como era el caso del franquismo.
Y, en efecto, en la línea de la inmensa mayoría de los especialistas en derecho político y constitucional, la amnistía supone el reconocimiento de la ilegitimidad del Estado a la hora de recurrir a la Ley y a los Tribunales de Justicia para defender el orden constitucional frente a la rebelión separatista de un sector del nacionalismo catalán, llevado a cabo, además, desde la propias instituciones autonómicas de Cataluña. Ciertamente, cuando el fondo de la cuestión es tan meridianamente claro, es decir, estamos ante una pura y simple compra venta de apoyos políticos para conseguir la investidura del líder del PSOE, Pedro Sánchez, derrotado en las urnas por el candidato del Partido Popular, Alberto Núñez Feijóo, parece superfluo demandar unas formas más acordes con el desempeño de una democracia formal como la española que la mera aplicación de la aritmética «progresista» del Tribunal Constitucional.
Aunque, dado el esfuerzo que han desplegado los medios gubernamentales para conseguir una mayoría reforzada en el debate constitucional de la amnistía, cabe preguntarse si en La Moncloa albergaban dudas sobre la fidelidad de «sus magistrados» o, simplemente, querían ahorrarle el trago al presidente, Cándido Conde Pumpido, de tener que tirar del voto de calidad ante un hipotético, si bien improbable, empate en la votación. Porque de argumentos jurídicos, ni hablamos.
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