Campaña Electoral

Elecciones País Vasco: qué no podemos hacer durante la jornada de reflexión

Durante esta jornada, se mantienen ciertas restricciones para favorecer la introspección y, en consecuencia, una votación consciente y responsable

Imagen de una pareja de personas mayores de espaldas cogidos de la mano paseando por Madrid.
Imagen de una pareja de personas mayores de espaldas cogidos de la mano paseandoJesús G. FeriaLa Razon

Las próximas elecciones en el País Vasco se realizarán el próximo domingo, 21 de abril de 2024. En estas elecciones, los vascos elegirán a sus representantes en el Parlamento Vasco; quienes, a su vez, designarán al lehendakari que presidirá el gobierno regional durante los próximos años. El día antes de las elecciones, el sábado 20 de abril, tendrá lugar la llamada jornada de reflexión. Un día legalmente designado para que los ciudadanos puedan sopesar su decisión de forma consciente y responsable, sin las distracciones provocadas por la campaña electoral.

¿Qué está prohibido durante la jornada de reflexión?

Durante esta jornada se imponen ciertas restricciones a los partidos políticos, los medios de comunicación y al resto de actores involucrados en la contienda electoral, con el objetivo de mantener un ambiente de neutralidad y tranquilidad, que permita a los ciudadanos tomar una decisión fundamentada… y ejercer su derecho al voto de manera consciente y libre.

Una persona se protege del frío este jueves en Bilbao | Fuente: EFE/Luis Tejido
Una persona se protege del frío este jueves en Bilbao | Fuente: EFE/Luis TejidoLuis TejidoAgencia EFE

De acuerdo con lo estipulado por la Ley Orgánica 5/1985 del Régimen Electoral General o LOREG, durante la jornada de reflexión está terminantemente prohibido solicitar el voto de los ciudadanos. Los ciudadanos pueden reunirse o manifestarse para dar su opinión sobre algún tema, pero no se puede difundir propaganda electoral ni realizar acto alguno de campaña electoral.

Es una norma que aplica tanto para los candidatos, miembros y afiliados de los partidos políticos como para el resto de ciudadanos. Aunque con algunas excepciones. Por ejemplo, existe la prohibición de llevar los distintivos o los símbolos de los partidos durante la jornada de reflexión, pero solo aplica a los políticos. Sin embargo, esa prohibición no aplica para el resto de ciudadanos.

Otro elemento que puede ser polémico es el de las pancartas de partidos políticos que se cuelgan en hogares particulares. En rigor, son elementos de campaña electoral, así que está prohibido colgarlas durante este día. Sin embargo, si estas pancartas se colgaron antes del inicio de la jornada electoral, sí que se permite que permanezcan visibles a lo largo del día.

Es probable que muchos se estén cuestionando si, dada la prohibición de hacer campaña durante la jornada de reflexión, también está prohibido solicitar votos a través de las redes sociales. Y la respuesta es que, en efecto, cualquier forma de propaganda electoral, incluso en las redes sociales, está prohibida. Sin embargo, la aplicación de esta normativa puede ser un desafío dada la naturaleza global y descentralizada de Internet. Aunque los partidos políticos y candidatos suelen respetar esta prohibición en sus cuentas oficiales, resulta difícil regular y controlar la difusión de contenido político por parte de usuarios individuales y grupos no oficiales.

Urna electoral, papeletas, votos. Elecciones 23J.
Urna electoral, papeletas, votos. Elecciones 23J. © Jesús G. Feria.La Razón

En cuanto a los medios de comunicación, estos tienen prohibido publicar entrevistas a candidatos a las elecciones durante la jornada de reflexión. Además, la publicación de encuestas de intención de voto no solo estará prohibida durante la jornada de reflexión, sino que también lo estará durante los cinco días previos a las elecciones. El objetivo es evitar que estas encuestas puedan influir indebidamente en las decisiones de los votantes.

En caso de no respetar las normas establecidas y perturbar, de manera explícita, el ambiente de imparcialidad de la jornada de reflexión, las consecuencias podrían llegar a ser notables. Estamos hablando de que las sanciones por violar estas reglas pueden incluir tanto sanciones económicas como, en casos extremos, hasta penas de cárcel. Las multas pueden oscilar entre seis a veinticuatro meses, dependiendo de la gravedad de la infracción. Y las penas de cárcel, por otro lado, pueden ir desde tres meses hasta un año.