Pedro Sánchez
Investidura infinita
Con el fin del bipartidismo, empieza a ponerse en duda la eficacia del artículo 99 que regula el procedimiento de investidura del Presidente
Desde 2015, con el fin del bipartidismo, un artículo de la Constitución Española no deja de nombrarse y de proponerse su reforma. Es el 99. El mencionado precepto es el que regula el procedimiento de investidura del presidente del Gobierno de España. De este modo, establece que –una vez celebradas las elecciones generales– el Rey se reúna con los representantes de todos los partidos con representación parlamentaria y proponga un candidato a la presidencia. En el caso actual, el propuesto ha sido Pedro Sánchez, cuyo partido –el PSOE– es el que más votos obtuvo en las elecciones del 10 de noviembre. Ahora, bien, el monarca Felipe VI se encuentra en una especie de encrucijada ya que por primera vez en la historia de la democracia se vio obligado a proponer como candidato a quién está pactando la formación de gobierno con Esquerra, el partido que quiere dinamitar España y cuyo líder está en la cárcel por sedición. Y es que los republicanos ni siquiera acudieron a la Zarzuela para exponer al monarca su posición ante la investidura. Una ausencia que traiciona la lealtad institucional. LA RAZÓN consulta a varios expertos constitucionalistas para analizar si, tal y como repite una y otra vez Pedro Sánchez, es necesario reformar este artículo.
En lo primero que coinciden es en subrayar que Felipe VI está actuando con absoluta corrección y neutralidad y en lo segundo, en que la redacción del artículo 99 no establece plazos para celebrar el primer pleno de investidura, una anomalía que nos conduce a periodos interminables de bloqueo como el que ya vivimos desde abril hasta septiembre de manera innecesaria. La fórmula de la investidura –recogida en el artículo 99– se redactó con la mente puesta en el modelo bipartidista que alumbró la transición y que facilitaba la alternancia. Según reconoce Ibor Fernández, profesor de Derecho Constitucional de la Universidad Cardenal Cisneros, la redacción del artículo no estuvo exenta de polémica y se presentaron varios borradores antes del definitivo. «En un principio, el Rey no presentaba al candidato, limitándose al nombramiento por mayoría absoluta –sin debate alguno–», explica.
A partir del 20 de diciembre de 2015, la investidura se ha convertido en una tarea (casi) imposible. Mientras el bipartidismo aguantó, en medio de enfrentamientos entre PP y PSOE, parecía que el sistema político estaba estabilizado. Sin embargo, la erosión del sistema bipartidista y la fragmentación política ha hecho saltar por los aires este proceso y alargar la parálisis política. Una situación que se complica aún más en esta legislatura donde un total de 16 partidos están representados y ninguno tiene la mayoría absoluta. «El problema son los políticos. El 99 es un artículo absolutamente válido. El Rey esta cumpliendo con sus obligaciones y está siendo tergiversado por los independentistas que quieren romper España. A partir de ahí, entrar en la polémica de que hay que reformar el procedimiento da la sensación de que es un problema constitucional y el problema no es constitucional», explica el catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad Rey Juan Carlos. Por su parte, el profesor de Derecho Constitucional, Carlos Sánchez de Pazos Peigneux recuerda que «hay casi consenso en que el artículo 99 tienen un problema: que no existe un plazo inicial para el primer pleno de investidura y eso lleva a periodos interminables de bloqueo».
Y es que los días pasan y el bloqueo legislativo, institucional y político sigue. No solo sucede con Sánchez ya pasó con el ex presidente Mariano Rajoy. Desde las elecciones del 20 de diciembre de 2015 hasta que formó Gobierno –con repetición electoral incluida en 2016– pasaron 315 días con un Ejecutivo en funciones. A a esos 315 días hay que sumar los 232 de Sánchez desde el 28 de abril. En total, 542 días. Es decir, España lleva en funciones un año, un mes y seis días en los últimos cuatro, el tiempo natural de una legislatura. Sin reformas, leyes, incapaces de lograr consensos. Sánchez, que selló el pacto del abrazo con Podemos dos días después de la elecciones, ha dicho en varias ocasiones que quiere modificar el artículo 99 cuando esté en plenas funciones. Una reforma innecesaria para los expertos consultados por este periódico. «Para el desbloqueo hay muchas soluciones, pero todas ellas requieren un momento menos convulso que el actual porque necesita mayorías cualificadas. En mi opinión, modificar el articulo 99 es una barbaridad», explica Ibor Fernández.
Entre las posibles vías para poner fin al bloqueo, los constitucionalistas proponen en primer lugar fijar un plazo para celebrar el primer pleno mediante un pequeña reforma del reglamento de la Cámara Baja. Otra, vía sería introducir una prima de escaños para el ganador de los comicios, igual que sucede en Grecia. Bastaría con un cambio de la Ley Electoral, ya que la Constitución permite que el Congreso pase de 350 a 400 escaños. La otra opción, alejada de la realidad, es cambiar el modelo de elección del presidente del Gobierno y seguir el patrón vasco, asturiano o castellanomanchego que no contemplan el bloqueo, sin embargo, se cargan la confianza parlamentaria que evita gobiernos cojos como sucede en EE UU o México. Y, si no siempre quedarán las urnas de nuevo.
✕
Accede a tu cuenta para comentar