El desafío independentista
La Justicia europea no se pronunciará sobre la libertad de Junqueras
Si le reconoce su inmunidad, sería el Supremo quien aplicaría sus efectos sobre las condenas de prisión e inhabilitación
Lo que está claro es que el TJUE se ha pronunciado exactamente sobre lo que el Supremo preguntaba en la cuestión prejudicial. De hecho, las fuentes consultadas por LA RAZÓN coinciden en lo fundamental: «No se pronunciará sobre si debe quedar en libertad o quedan suspendida la pena de inhabilitación, siempre que se concluya que goza de inmunidad absoluta».
En ese supuesto, se exigirá una resolución posterior que será la que tenga que determinar el alcance de la decisión del tribunal europeo. En un primer momento sería el Tribunal Supremo y, en última instancia, podría igualmente recurrir a la Justicia europea.
Pero donde también hay coincidencia es que en ese escenario de reconocimiento habría dos grandes beneficiados: los prófugos Carles Puigdemont y Antoni Comín, quienes también fueron elegidos eurodiputados y a los que el Parlamento Europeo denegó que tomasen posesión de sus respectivas actas.
En el caso de Oriol Junqueras, tres eran los escenarios que hay que se podían contemplar, cada uno con consecuencias distintas. Un primer escenario era aquel en el que el TJUE entendiese que Junqueras no goza de inmunidad, ya que la misma estaría unida a la adquisición plena de la condición de eurodiputado y ello no sucedió porque, además, no estaba en la lista remitida por España donde constaba el nombre de los electos. En esta hipótesis, no habría ninguna modificación en la situación procesal y penal de Junqueras.
Un segundo escenario, el que finalmente se ha dado, era que el TJUE entendiese que la condición de eurodiputado se logra con la mera elección, sin trámite alguno posterior, aceptando la tesis del abogado general y reconociera la inmunidad. Aquí lo relevante serían los efectos a los que extienda el tribunal esa declaración, que no alcanzaría a obligar a ponerle en libertad.
Y, junto a ello, el TJUE podía optar por no pronunciarse sobre el fondo de la cuestión planteada, al considerar que «ya no hay caso» porque Junqueras ha sido juzgado y condenado.
Pero, como sostiene Carlos Javier Moreiro, catedrático de Derecho Internacional de la Universidad Carlos III de Madrid, si el TJUE se pronuncia, su posición tiene que ser «exhaustiva y concisa porque creará jurisprudencia, establecerá un principio de la UE que se va a imponer sobre la legislación española, pero también sobre la propia práctica del Parlamento Europeo, ya que éste no ha querido reconocerle el carácter de eurodiputado». Además, añade que «tendrá que razonar que por encima del principio de legalidad está el principio democrático entendido de esa forma, como lo que realmente vale para toda Europa, incluida España, es que una persona haya sido elegida libremente por sus votantes, independientemente de la circunscripción nacional». En este caso se crearía jurisprudencia «y España tendría, de alguna manera, que cambiar su normativa interna que se refiere a las elecciones al Parlamento Europeo y por supuesto el Parlamento Europeo tendría que acatar la sentencia, porque ha sido parte coadyuvante del proceso», afirma Moreiro.
Sobre los efectos de un fallo que avale la inmunidad, sostiene que «tendrá derecho a tomar posesión del acta de diputado», mientras que todo lo demás «dependerá de lo que diga la jurisdicción nacional, salvo que haya un mando expreso del TJUE que diga lo contrario».
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