Senado
Así son las vacaciones de Navidad de los diputados
Aunque enero no forme parte del periodo ordinario de sesiones, también es un mes con actividad parlamentaria
Las vacaciones son una justa recompensa al trabajo realizado. Todo trabajador tiene derecho a ellas. Tras la constitución de sendas cámaras en medio de un bochornoso espectáculo, las cámaras de representación de la soberanía nacional echaron a rodar pero con un pie atado. Sin gobierno y sin un horizonte claro de su formación, el fantasma de la parálisis legislativa vuelve a planear sobre las Cortes y todavía más con el periodo de vacaciones de navidad a la vista.
Es tal la preocupación que existe entre los políticos españoles a que aumente la sensación de que los políticos no trabajan -tras cuatro procesos electorales en cuatro años- que en el mes de octubre, en plena precampaña electoral, el presidente en funciones Pedro Sánchez aseguró que “si tenemos una mayoría suficiente a partir del 10 de noviembre, habrá gobierno en diciembre; pediremos a la presidenta o presidente del Congreso de los Diputados que no haya vacaciones parlamentarias en diciembre y en enero, porque tenemos que aprobar el techo de gasto".
Desde que entró en vigor la Constitución Española de 1978, diciembre siempre ha sido un mes hábil a efectos parlamentarios.Lo garantiza el artículo 73 de la Carta Magna, donde se dispone que “las Cámaras se reunirán anualmente en dos periodos ordinarios de sesiones: el primero de septiembre a diciembre y el segundo de febrero a junio”. Por su parte, el Reglamento del Congreso recoge este criterio en términos similares en su artículo 61.1: “El Congreso se reunirá anualmente en dos periodos ordinarios de sesiones, de septiembre a diciembre y de febrero a junio”.
Pero, además, aunque no forme parte del periodo ordinario de sesiones, enero también es un mes con actividad parlamentaria. Es habitual que se celebren sesiones de la Diputación Permanente, no es extraño que en ocasiones se convoquen comisiones extraordinarias y a veces tienen lugar plenos extraordinarios. Para ello, la Constitución establece que “las Cámaras podrán reunirse en sesiones extraordinarias a petición del Gobierno, de la Diputación Permanente o de la mayoría absoluta de los miembros de cualquiera de las Cámaras”. Así lo refrendan igualmente los reglamentos del Congreso y del Senado. De hecho, en la XII legislatura, el Congreso celebró el 20 de diciembre su último pleno del año y los diputados volvieron a reunirse el 22 de enero en otra sesión plenaria, convocada con carácter extraordinario.
Es decir, lo de las vacaciones parlamentarias es una falacia ya que realmente no hay ninguna normativa que así lo recoja. Sin embargo, la coincidencia de la formación de las Cortes, que coincide con uno de los mayores festivos a nivel nacional -el del puente de diciembre-, da pie a sugerir que nadie trabaja para poner fin a la parálisis. Desde el estreno de la XIV Legislatura, este miércoles en el Congreso la Mesa se reunió por primera vez para entre otros cometidos, fijar un plazo a los partidos políticos que quieran formar grupo parlamentario propio. El plazo plazo concluirá el día 12, siempre y cuando la Mesa no lo amplíe o pida aclaraciones. Una vez elegidos será la mesa de Congreso la que deberá ratificarlos para constituir la Junta de Portavoces, órgano que ordena las sesiones plenarias y el pleno de investidura.
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