Independentismo
Torra podrá convocar elecciones aunque sea inhabilitado
Si el president es condenado por negarse a retirar los lazos amarillos, el fallo puede tardar año y medio en ser firme
El presidente de la Generalitat, Quim Torra, conocerá en las próximas fechas –previsiblemente antes de Navidad– la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) que le juzgó el pasado noviembre por negarse a acatar las reiteradas órdenes de la Junta Electoral Central que le instaban a retirar de la sede de la Generalitat y de otros edificios públicos los lazos amarillos durante la campaña electoral de las elecciones generales del pasado 28 de abril. Pero aunque finalmente sea inhabilitado –como previsiblemente ocurrirá–, Torra podrá seguir en el cargo hasta que la sentencia, en su caso, sea firme. Es decir, hasta que se pronuncie el Tribuna Supremo (TS) y resuelva su recurso de casación contra el fallo. En esa tesitura, llegado el caso podría convocar elecciones en Cataluña.
Unos comicios a los que, sin embargo, no podría concurrir como candidato ya que el artículo 6 de la Ley Electoral estipula que no son elegibles en las urnas los condenados a penas de inhabilitación por delitos contra instituciones del Estado aunque la sentencia no sea firme. Por tanto, Torra –para quien la Fiscalía pide una pena de 20 meses de inhabilitación como autor de un delito de desobediencia– estaría incapacitado por ley para concurrir a las elecciones catalanas.
En el supuesto de que Torra sea, como parece inhabilitado, ¿durante cuánto tiempo podrá seguir presidiendo la Generalitat? Al no ser una causa con preso, para el Supremo tiene prioridad la resolución de recursos de casación en los que sí hay investigados en prisión provisional. Torra tiene un precedente bastante próximo en una situación idéntica a la suya: el Alto Tribunal se pronunció sobre la condena a Artur Mas por desobediencia –por negarse a desconvocar la consulta soberanista del 9-N de 2014, como le instó el Tribunal Constitucional– 21 meses después de que fuese condenado por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña. Un horizonte que permitiría a Torra seguir presidiendo la Generalitat –siempre y cuando no convocase elecciones anticipadas– hasta septiembre de 2021, tres meses antes de que expirase la actual legislatura.
El precedente de Artur Mas también puede servirle a Torra –que admitió haber desobedecido a la Junta Electoral porque su orden, pretextó, era «ilegal»– para precisar el alcance de una posible condena. El TSJ de Cataluña impuso a Mas una pena de dos años de inhabilitación, que el Supremo redujo en diciembre de 2018 a 13 meses para equipararla a la que había impuesto, también por desobediencia, al ex conseller de Presidencia Francesc Homs por negarse a acatar el mandato del TC de suspensión de la consulta soberanista del 9-N.
✕
Accede a tu cuenta para comentar