España

Independentismo descabezado

Quim Torra deja de ser diputado en el Parlamento catalán y, consecuencia de ello y de acuerdo con el Estatut de Autonomía, tendrá que abandonar la presidencia del Govern

La Junta Electoral Central propinó ayer dos brutales varapalos al independentismo catalán. En primer lugar Quim Torra dejará de ser diputado en el Parlamento catalán y, a consecuencia de ello y de acuerdo con el Estatut de Autonomía, tendrá que abandonar la presidencia del Govern. El pasado 19 de diciembre, LA RAZÓN ya adelantaba tal posibilidad a la vista de la sentencia del TSJ catalán a un año y medio de inhabilitación por desobediencia, al negarse a retirar lazos amarillos. Ayer, la Junta Electoral Central (JEC), integrada por ocho magistrados y cinco catedráticos de Derecho, estimó la petición que en este sentido realizaron Partido Popular y Ciudadanos, después de que en primera instancia la Junta Electoral de Barcelona denegara tal petición.

En segundo lugar, también ayer, la JEC se pronunció sobre otro recurso del PP, el referente al presidente de ERC Oriol Junqueras y condición de eurodiputado. El órgano arbitral decidió inhabilitar al líder independentista, que seguirá en prisión y no podrá recoger el acta en Bruselas al perder su inmunidad. En pleno juicio del procés, Junqueras, ganó un escaño en las europeas, pero la JEC no le dio su credencial porque el Supremo le negó el permiso para cumplir el necesario trámite de jurar o prometer la Constitución. La sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea consideró no obstante que el eurodiputado ya lo es desde que es elegido, sin que el trámite nacional condicione su acceso al escaño. «Otro recurso del PP a la Junta Electoral Central consigue que Junqueras no sea eurodiputado, y por tanto siga en la cárcel sin viajar a Bruselas, como pretendía el informe del Gobierno de Sánchez», se felicitó en su cuenta de Twitter el líder de la oposición Pablo Casado. «A cada cesión a los separatistas responderemos con la firmeza del Estado de Derecho», concluyó.

La decisión de la JEC en referencia a Torra se basa en la aplicación del artículo 6.2 b) de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General en el que se estipula que serán inelegibles los condenados, aunque no sea por sentencia firme, por, entre otros, los delitos contra la Administración Pública. Es lo que se conoce como «inelegibilidad sobrevenida». Y esto ha sido, precisamente, lo que estimó ayer la Junta Electoral Central. Concretamente en el punto tercero del segundo acuerdo de la resolución se ordena dejar sin efecto la credencial de Diputado electo de Torra que efectuó en su día la Junta Electoral Provincial de Barcelona tras las elecciones del 21 de diciembre. También se ordena a la Junta de Barcelona que una vez se notifique el contenido del Acuerdo de la JEC se declare la vacante como diputado en el parlament de Torra por la circunscripción de Barcelona y que se expida la credencial al siguiente candidato de la lista de Junts per Catalunya en la que concurrió en las últimas autonómicas catalanas de diciembre de 2017.

Torra podrá recurrir ante la sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña. Esta resolución de la Junta, ante un recurso del PP (al que luego se sumaron Cs y Vox), hace estallar la legislatura catalana en un momento de gran tensión entre ERC y Junts per Catalunya, tras el pacto de investidura que los republicanos han firmado con el PSOE. El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña condenó a Quim Torra por un delito de desobediencia a un año y medio de inhabilitación tras que el presidente se negara a retirar los lazos amarillos y los carteles y pancartas a favor de la libertad de los líderes del 1-O durante el mes de abril y mayo, en periodo electoral. La sentencia no es firme y previsiblemente será recurrida por Torra en el Supremo. También Junqueras podrá recurrir la resolución ante la sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo y todo parece indicar que en se solicitará como medida cautelar la suspensión provisional del acuerdo del JEC hasta la resolución definitiva del recurso. El pasado 30 de diciembre LA RAZÓN ya avanzó que la Junta inhabilitaría a Junqueras antes de la investidura de Sánchez diciembre.

Fuentes jurídicas confirmaron a este diario que la decisión sobre la causa de inhabilitación sobrevenida del aun presidente de la Generalitat de Cataluña Quim Torra se tomó por un ajustado margen, concretamente 7 votos a favor y 6 en contra. Los magistrados contrarios fueron Antonio Vicente Sempere, María Luz García, José Luis Seoane, Inés Olaizola, Consuelo Ramón y Juan Montalves. En acuerdo emitido por la Junta Electoral Central se explica que los citados magistrados presentarán un voto particular al considerar que la Junta Electoral de Barcelona –la primera que se pronunció sobre el caso– carecía de Competencia para adoptar la resolución a que se refiere el asunto resuelto por la JEC.

La decisión respecto al presidente de Esquerra Republicana de Cataluña, Oriol Junqueras, fue tomada también por un estrecho margen: 7 votos a favor y 5 en contra; solo 12 votos por tanto debido a que la magistrada Ana Ferrer no ha participado debido a que tiene que forma parte de la sala del Tribunal Supremo que tiene que resolver la situación procesal del líder separatista.