Quim Torra
El recurso de Torra no paralizaría su inhabilitación
En caso de que el Parlament decida no retirar el acta estaría incurriendo en desobediencia
¿Qué ha acordado la Junta Electoral Central?
Lo que declara el Acuerdo es que Torra ha perdido la condición de diputado por haber sido condenado por sentencia del Tribuna de Justicia de Cataluña, aunque no sea firme, por un delito contra la administración pública –desobediencia. Esto le hace perder la condición de diputado; pero no realmente por la declaración de la JEC, sino por la mera condena. La decisión de la Junta no es constitutiva, sino declarativa. Se trata realmente de constatar que ha perdido la condición de diputado, no de declararlo, explica el catedrático de derecho internacional privado de la Universidad Autónoma de Barcelona, Rafael Arenas.
¿Cuándo entra en vigor la declaración de la Junta Central Electoral?
Desde que se le notifique. La JEC subraya que se deja «sin efecto» de forma inmediata la credencial de Quim Torra como diputado.
¿Puede aunque no sea diputado continuar como President de la Generalitat?
Se da por supuesto que la pérdida de la condición de diputado supone la de Presidente de la Generalitat, así lo asume incluso el Parlamento de Cataluña en el recurso planteado ante la JEC; pero esta consecuencia de la condena no se encuentra en el acuerdo de la JEC y deriva de la regulación catalana, que exige que el Presidente de la Generalitat sea diputado. El Estatuto de Autonomía de Cataluña obliga en su artículo 67 a que el presidente de la Generalitat sea diputado del parlamento autonómico, de forma que la retirada de la credencial de Torra por parte de la JEC supone su inhabilitación como jefe del Govern. Por otra parte, no sería lógico que actuara como President de la Generalitat quien no es elegible como diputado.
¿Quién sustituirá a Torra cuando le quiten su condición de diputado?
De acuerdo con el artículo 6 de la Ley de la Presidencia de la Generalitat, sustituye al Presidente el Conseller Primero o, en caso de no haber, el Vicepresidente primero, si existe. En este caso, sería Pere Aragonés en tanto no se designara un nuevo presidente de la Generalitat.
¿Cabe recurso contra la decisión de la Junta Electoral Central?
Si, ante TSJ, aunque el recurso no suspende forzosamente el carácter ejecutivo del acuerdo. Ahora bien, la reforma de la Ley Electoral que pactaron PP y PSOE en 2011 establece, en su artículo 6.2, apartado b, que «son inelegibles los condenados por sentencia, aunque no sea firme, por delitos de rebelión, de terrorismo, contra la Administración Pública o contra las Instituciones del Estado». Y se entiende que la desobediencia a la Junta es un delito contra la Administración Pública.
¿Puede ahora el Joaquim Torra pedir medidas cautelares tras esta decisión?
En tanto en cuanto no es una decisión, sino una declaración el que pueda recurrirse la resolución no impide el cese como diputado de Torra, pues se trata de una consecuencia directamente vinculada a la sentencia. Existe obligación de todas las instancias de atenerse a dicha resolución. La JEC simplemente ha aclarado lo que ya se derivaba de la sentencia.
¿Puede el Parlament incurrir en desobediencia sin no retira el acto de diputado de Torra?
Si, en caso de que no anule su credencial como diputado e incluya al siguiente de la lista, el Parlament estaría incurriendo en desobediencia.
¿Qué ha resuelto la Junta respecto a Oriol Junqueras?
La Junta Electoral Central resolvió tras una larga reunión que Oriol Junqueras no puede ser eurodiputado en aplicación del artículo 6.2 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (Loreg) que establece que «son inelegibles los condenados por sentencia firme, a pena privativa de libertad, en el período que dure la pena». Lo hizo a petición del PP y Ciudadanos que recurrieron ante este órgano después de la sentencia del TJUE que resolvió que el líder de ERC debería haber sido excarcelado y que gozaba de inmunidad cuando fue proclamado eurodiputado un día después de terminar el juicio del procés; posteriormente llegó la sentencia del Supremo que inhabilitó al líder de los republicanos.
¿Qué hará ahora el Parlamento Europeo?
El Parlamento Europeo tomará nota de que Oriol Junqueras ya no es eurodiputado desde el 14 de octubre, cuando se dictó la sentencia que le condena por sedición. Como consecuencia, perderá su condición de diputado e inmunidad.
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