El desafío independentista

La Junta Electoral deja vacío el escaño de Ponsatí en el Parlamento europeo por no acatar la Constitución

La prófuga estaba citada hoy para cumplimentar el trámite previsto para adquirir esa condición

Audiencia preliminar sobre el juicio de extradición a España de Clara Ponsatí
Clara Ponsatí, junto a su abogado, tras la celebración de la audiencia preliminar sobre el juicio desu extradición a EspañaIan GeorgesonEFE

La Junta Electoral Central ha denegado el acta de eurodiputada a la prófuga Clara Ponsatí, al no haber comparecido para cumplimentar en trámite de acatamiento de la Constitución, tal como establece la Ley Orgánica del Régimen Electoral General. Ponsatí, cuya extradición ha sido instada por el Tribunal Supremo, se encuentra en Escocia desde marzo de 2018 y ha sido uno de los cinco nuevos diputados en el Parlamento Europeo que correspondieron a España tras la marcha de Reino Unido de la Unión Europea.

En el acuerdo de la Junta Electoral Central se especifica que al no haber comparecido Ponsatí a prestar su acatamiento a la Constitución, el escaño que le corresponde quedará temporalmente vacío hasta que se produzca dicho acatamiento, sin perjuicio de que, a la vista de la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea relativa a Oriol Junqueras, «el acto de proclamación de candidatos electos pueda desplegar los efectos oportunos».

En relación con la sentencia del TJUE, el acuerdo de la JEC del pasado martes, donde se citaba de nuevo a Ponsatí para realizar dichos trámites, deja claro que esa resolución del tribunal europeo, donde se reconoce que la condición de eurodiputados a efectos de inmunidades se adquiere desde el mismo momento de la proclamación oficial de candidatos efectuadas por los estados miembros, no excluye que la legislación nacional «pueda exigir otras formalidades legales".

De esta forma, sostiene la JEC, que Ponsatí goza de inmunidad desde que fue proclamada candidata electa por la propia Junta Electoral el pasado 23 de enero, pero ello no excluye “que deba cumplir el requisito de acatamiento constitucional”, y máxime cuando no alega "ninguna causa justificada para ello».

El antedecente de Puigdemont

En este acuerdo del pasado martes, la JEC reconoce que el Parlamento europeo ha admitido la condición de eurodiputados de Puigdemont y Comín, sin que hayan realizado el acatamiento de la Constitución. Estas decisiones fueron adoptados por la Cámara europea sin pedir opinión alguna a la JEC, “que es la autoridad nacional competente para comunicar la condición de diputado electo”. En todo caso, estas decisiones del Parlamento europeo “no pueden servir de fundamento para modificar el criterio” respecto a los requisitos de acatar la Constitución para adquirir la condición de, en el caso de Clara Ponsatí, eurodiputada.