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Coronavirus

Más de 4.500 personas se han sumado ya a la denuncia contra Sánchez por permitir el 8-M

El abogado que ha llevado los hechos ante la Justicia considera que prevaricó por autorizarlas pese a la recomendación europea de evitar actos multitudinarios

El abogado que ha denunciado a Pedro Sánchez por prevaricación por autorizar, pese a la crisis del coronavirus, hasta 45 marchas feministas el 8-M ha recibido ya el respaldo de 4.500 personas que están dispuestas a sumarse a la denuncia, sobre la que tendrá que pronunciarse el Tribunal Supremo (TS), ante el que está aforado el presidente del Gobierno.

Así lo ha asegurado a LA RAZÓN el letrado Víctor Valladares, quien responsabiliza al jefe del Ejecutivo de haber permitido la concentración pese al informe del Centro Europeo para el Control y Prevención de Enfermedades que, seis días antes, aconsejó la cancelación de concentraciones masivas salvo en casos excepcionales. En su denuncia recuerda que el organismo comunitario advirtió entonces de que la cancelación de actos multitudinarios antes del pico de epidemias o pandemias “puede reducir la transmisión del virus”.

La denuncia se amplía también a los distintos delegados del Gobierno que “bajo el auspicio” del presidente del Gobierno, autorizaron la celebración de “manifestaciones que congregaron a cientos de miles de personas, existiendo ya en España en esa fecha, según datos oficiales del Ministerio de Sanidad, 580 infectados por el Covid-19”. Precisamente el sindicato Manos Limpias también ha denunciado por estos mismos hechos al delegado del Gobierno en Madrid.

“El resultado de las convocatorias de estas manifestaciones y su aprobación de manera directa por las Delegaciones de Gobierno y por la inacción del Gobierno central presidido por el denunciado Sánchez, no pudo ser más antagónico a lo que la UE indicó en el informe”, asegura el abogado. “¿Por qué no se emitió una orden que evitara cualesquiera tipo de eventos multitudinarios, tal y como los mencionados o el celebrado por el partido político Vox en el palacio de los deportes de Vistalegre de Madrid?”, se pregunta en su denuncia.

Y hace hincapié, en sustento de su iniciativa, en que según el Ministerio de Sanidad en España había oficialmente 114 contagiados cuando se emitió el informe del organismo europeo, declarada ya la pandemia, mientras que el pasado día 14, cuando se decretó el estado de alarma, esa cifra se había multiplicado por 55, alcanzando los 6.319 infectados. Unos datos que contrasta con lo sucedido en Italia, donde “ya habían adoptado las medidas de confinamiento y de evitar reuniones tumultuosas” siguiendo las directrices del informe. Respecto al país transalpino, añade, el rimo de infectados fue “45 veces superior”.

El denunciante atribuye a Sánchez un delito de prevaricación administrativa por omisión, “al no dictar de modo arbitrario y a sabiendas de su injusticia un real decreto que impidiera la celebración de manifestaciones tumultuosas para evitar la propagación del Covid-19”, o por comisión como cooperador necesario, por cuanto en su opinión habría “auspiciado” la decisión de los delegados del Gobierno, a quienes también imputa este último delito, de autorizar esas concentraciones “poniendo en peligro la salud y vida del conjunto de la ciudadanía”. El Código Penal no contempla la prevaricación por omisión, pero el abogado esgrime “la jurisprudencia del Tribunal Supremo, que sí la admite”.

"Desde el sábado han contactado conmigo a través de Linkedin alrededor de 2.700 personas que se quieren adherir a la denuncia. Estamos planteándonos constituir una asociación", asegura Valladares, quien recuerda que intentó registrarla en el Tribunal Supremo el pasado día 19 pero le resultó imposible porque el registro estaba cerrado. "Tuve que presentarla en el juzgado de guardia de Plaza de Castilla -explica-, donde me pusieron por error el sello de entrada con fecha 25 de enero de 2020. Imagina el jaleo que había allí". Para Valladares, el comportamiento de Sánchez es negligente y puede acarrear, además, consecuencias penales, por lo que en su escrito -que el juzgado de guardia deberá remitir al Supremo para que se pronuncie sobre su admisión a trámite- pide la declaración tanto de Sánchez como del resto de denunciados y que se incorpore al procedimiento el informe íntegro del Centro Europeo para el Control y Prevención de Enfermedades.

“Se inhibió de su responsabilidad”

El artículo 404 del Código Penal castiga “a la autoridad o funcionario público que, a sabiendas de su injusticia, dictare una resolución arbitraria en un asunto administrativo” con la pena de nueve a 15 años de inhabilitación especial para empleo o cargo público y para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo.

En cuanto a la posible actuación omisiva del presidente del Gobierno, el denunciante mantiene que Sánchez “debió mediante real decreto, tras la reunión con su Consejo de Ministros, a semejanza de los dictados con posterioridad al 8-M, prohibir, siguiendo los dictados de la UE, cualquier tipo de reunión tumultuosa o manifestación”. Al no hacerlo, argumenta, se “inhibió” de su responsabilidad como jefe de Gobierno “permitiendo la celebración de las manifestaciones antes mencionadas, plegándose a cualquier tipo de interés que este suscribiente desconoce”.

Y defiende que el Alto Tribunal considera que la prevaricación, como delito de infracción de un deber, “queda consumado en la doble modalidad de acción u omisión con el claro apartamiento de la actuación de la autoridad del parámetro de la legalidad, convirtiendo su comportamiento en expresión de su libre voluntad, y por tanto en arbitrariedad”.

El abogado ampara su actuación en el artículo 262 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que estipula que quienes “por razón de sus cargos, profesiones u oficios tuvieren noticia de algún delito público, estarán obligados a denunciarlo inmediatamente” al Ministerio Fiscal o ante el tribunal competente o los juzgados de instrucción" si se trata de un delito “flagrante”.

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