Coronavirus

Primera decisión judicial firme de ingreso en prision provisional por incumplir reiteradamente el confinamiento

La Audiencia Provincial de Cantabria confirma la decisión del juzgado sobre un acusado que se saltó cuato veces el estado de alarma y ya fue condenado previamente. “Continuaría quebrantando las normas” si quedase libre

Coronavirus.- Detenido por cuarta vez un hombre por saltarse el estado de alarma y deambular por la calle
Detención de un hombre por deambular por la callelarazonDELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN CANTA

Las condenas a prisión por delitos contra la autoridad derivado de incumplir reiteradas veces la obligación de mantener el confinamiento se están produciendo ya con cierta frecuencia, al igual que en algunos casos ha sucedido sin que haya existido previamente condena alguna. En la mayoría de las ocasiones los jueces mantienen en libertad provisional a los acusados, pero en algunos casos de reiteración delictiva se han decretado ya el ingreso en prisión provisional.

Sin embargo, hasta ahora no existía ningún pronunciamiento de una audiencia provincial al respecto, resolviendo los pertinentes recursos contra los autos de prisión provisional. La primer ha sido la Audiencia Provincial de Cantabria, quien ha confirmado la prisión provisional acordada por la magistrada del Juzgado de Instrucción nº5 de Santander respecto a un hombre por incumplir reiteradamente la orden de confinamiento a la que obliga la declaración del estado de alarma en España. En concreto, vulneró en cuatro ocasiones la prohibición de deambular por las vías públicas sin justificación alguna

En el auto de la Audiencia, que ya es firme, el tribunal señala que se trata de una persona “reiterante en la comisión de delitos contra la autoridad y sus agentes, además de contumaz en la comisión de actos desobedientes tipificables como infracciones administrativas de igual naturaleza”.

En la resolución, los magistrados señalan que la motivación de la medida cautelar de prisión provisional sin fianza fue la de evitar el riesgo de que cometiese otros hechos delictivos similares al que ha motivó la decisión del juez que ordenó su ingreso en prisión provisional. En este sentido, inciden en que el recurrente “ya ha sido condenado en otra ocasión anterior por el mismo delito, y en otra ocasión también anterior por un delito incluso más grave, como es el de atentado a agente de la autoridad”. Por ello, sostienen que se ha vulnerado “a conciencia” el principio de autoridad y que, principalmente, a la Sala “no le cabe ninguna duda” de que continuaría “quebrantando las normas caso de modificarse esta medida cautelar” de prisión provisional.

Se da la circunstancia de que el acusado cuenta además con antecedentes penales por delitos de robo con violencia o intimidación, quebrantamiento de condena y lesiones, y ha sido condenado por delitos de desobediencia grave a los agentes de la autoridad y de atentado a agente de la autoridad, lo que le convierte “en presunto autor de delito susceptible de agravación por reincidencia”.