Zaragoza
El acusado del “crimen de los tirantes” seguirá en prisión hasta que se repita el juicio
La Audiencia de Zaragoza aprecia riesgo de fuga y advierte de que la vista oral no podrá celebrarse hasta después del verano por la crisis del coronavirus
Rodrigo Lanza, acusado de la muerte de Víctor Lainez en un bar de Zaragoza en la madrugada del 8 diciembre de 2017 -el conocido como “crimen de los tirantes” (la víctima llevaba unos con la bandera española)-, seguirá en prisión hasta que se celebre la repetición del juicio. Así lo ha decidido por “evidente riesgo de fuga” la magistrada de la Audiencia Provincial de Zaragoza María José Gil Corredera, designada presidenta, y ponente de la sentencia, del juicio con jurado que volverá a juzgar a Lanza, después de que el Tribunal Superior de Justicia de Aragón declarase nula, por falta de motivación del veredicto, la sentencia dictada en noviembre de 2019 por la Audiencia Provincial de Zaragoza que condenó a cinco años de cárcel al acusado por homicidio imprudente.
La juez desestima así el recurso de súplica presentado por la defensa de Lanza, que ejerce el abogado Endika Zulueta. En esa misma resolución -según informa en un comunicado el TSJ de Aragón-, ha acordado prorrogar la prisión provisional del encausado hasta el 11 de diciembre de 2021, cuando finalizan los cuatro años de prisión preventiva, el máximo legal que permite la ley.
La defensa de Lanza argumentó que la prórroga de la prisión quedó también anulada por la sentencia del TSJ de Aragón y que, al haber transcurrido el plazo de dos años de prisión preventiva, no era ya posible prorrogarla.
La magistrada sustenta su decisión en las “excepcionales” circunstancias del caso. Por un lado, aprecia riesgo de fuga dadas las elevadas penas solicitadas por las acusaciones (25 años de prisión por un delito de asesinato con agravantes) y el hecho de no tener la nacionalidad española (Lanza es de origen chileno y tiene pasaporte italiano). Por otro, advierte de que, “teniendo en cuenta las circunstancias tan dramáticas que tenemos en nuestro país y en todo el mundo” por la crisis sanitaria del coronavirus, la celebración del juicio no será posible hasta después del verano.
El pasado martes se celebró una comparecencia de todas las partes -además de la defensa, la Fiscalía, la acusación particular y Vox- después de que el abogado de Lanza pidiese su puesta en libertad. Tras escuchar los argumentos de unos y otros, la juez concluye que "la prórroga de prisión se realizó con anterioridad al cumplimiento de la finalización del plazo de prisión provisional, que en este caso era de dos años", y que concluia el pasado 11 de diciembre.
La juez ampara su decisión en el artículo 504,2 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que establece que en los delitos con una pena que pueda ser superior a tres años, el tiempo de prisión provisional asciende a dos años, prorrogables por otros dos. “Entendemos – afirma- que estamos en plazo para pedir la prórroga, al anularse la sentencia del Tribunal Jurado y estar vigente el auto fechado el 4 de diciembre de 2019, que prorrogó la prisión antes de finalizar el plazo máximo de prisión provisional retrotrayéndose las actuaciones al momento anterior a la celebración del juicio, siendo independiente de ello el auto de prisión antes mencionado, al que en ningún momento hace referencia la sentencia de apelación”.
Asimismo, esgrime diversas resoluciones que amparan su conclusión, entre ellas una del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña de junio de 2015 que concluye que “la declaración de nulidad de la sentencia condenatoria y la obligada celebración de un nuevo juicio no impide que se pueda acordar la medida de prisión provisional o cualquier otra medida cautelar". ”Lo que sí se ha de tener en cuenta de modo inexcusable -recalca- son los límites máximos de prisión provisional cuando no ha sobrevenido condena”. Contra esta resolución cabe recurso de apelación ante el TSJ de Aragón.
El Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA) ordenó repetir el juicio en una resolución en la que -tras admitir parcialmente los recursos de apelación interpuestos por la Fiscalía, la familia de Lainez y la acusación popular que ejerce Vox- declaró nula, por falta de motivación del veredicto del jurado, la sentenciae la Audiencia de Zaragoza.
Para el TSJ aragonés, la motivación era "claramente insuficiente" y no permitía "conocer el proceso lógico-jurídico que ha conducido al fallo, contrastar la razonabilidad de la sentencia y controlar la aplicación del Derecho". Para la Sala, el "déficit más importante" de esa motivación era la ausencia de una explicación de las razones por las que el jurado consideró que el acusado solo tenía intención de lesionar, y no de matar, a Lainez, "de manera que la muerte causada se produjo por imprudencia".
El relato de hechos
El jurado consideró probado, por ejemplo, que Lanza "estando la víctima en el suelo aún viva y sin defenderse le dio golpes que aumentaron deliberada e inhumanamente su dolor innecesariamente", pero sin embargo, no consideró probado que esas lesiones contribuyeran a causar la muerte de la víctima cuatro días después. Los magistrados del TSJ de Aragón afirmaron desconocer las razones que llevaron al jurado a rechazar esa inferencia "tomando en consideración solamente las declaraciones de testigos legos en medicina, sin mención siquiera de prueba pericial médica, como sería lógico".
La sentencia anulada recoge que sobre las tres de la madrugada del 8 de diciembre de 2017 Lanza y otras tres personas entraron en el bar Tocadiscos de Zaragoza, donde se encontraba Lainez, y pidieron unas consumiciones. Poco después, se sentaron en una zona de barra y un acompañante de Lanza, Pablo M., le dijo al acusado que Lainez “era de extrema derecha o neonazi y que en ocasiones llevaba tirantes con los colores de la bandera española”.
Lainez hizo una señal a Lanza para que se acercara, “intercambiando unas palabras que nadie escuchó”. Cuando el acusado volvió con sus amigos, les dijo que le había llamado “sudaca” y que “debía volverse a su país por ser extranjero”. En esa misma conversación, Lanza llamó a Lainez “facha y fascista” y le dijo que ese era un barrio antifascista y que “no querían nazis en el barrio y que llevaba tirantes con la bandera española”.
Tras abandonar el local, ya en el exterior Lanza “arrojó al suelo su abrigo y la mochila que llevaba, entrando de nuevo y rápidamente en el establecimiento y se abalanzó por la espalda y, sin posibilidad alguna de defensa” sobre la víctima,"dándole un golpe seco en la parte inferior trasera de la cabeza" con un objeto contundente similar a “un mosquetón utilizado a modo de puño americano”.
A consecuencia del golpe, Lainez “cayó al suelo desplomado quedando inconsciente” y una vez en el suelo, “aún vivo e inmóvil y sin defenderse”, Lanza "le dio una patada en la cara e inmediatamente se colocó encima siguiendo propinándole puñetazos en la cabeza y múltiples golpes, tras lo cual salió del local y se marchó.
✕
Accede a tu cuenta para comentar