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El CGPJ aboga por juicios preferentes y con sentencias en el acto para los desahucios

Los recursos contra las sanciones administrativas impuestas en el estado de alarma tambien se resolverán instantaneamente. Las decisiones de la Agencia de Seguridad Aérea sobre reclamaciones por cancelaciones o pérdidas de maletas serán vinculantes

El presidente del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial, Carlos Lesmes
El presidente del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial, Carlos Lesmeslarazon

Procedimientos preferentes y con sentencias “in voce”, es decir, en el momento en todas las causas por desahucios, recursos contra sanciones impuestas administrativamente durante este estado de alarmaue no superen los 60.000 euros, como pueden ser las relativas a burlar el confinamiento que se conocerán los fallos nada más acabar las vistas o que las decisiones de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) tengan la consideración de “título ejecutivo”, es decir, que se deban acatar en el acto con independencia de que se puedan recurrir posteriormente, en aquellos casos de reclamaciones por cancelaciones de vuelo, retrasos o pérdidas de maletas. En los juicios por delitos leves (como pueden ser los hurtos o coacciones) también se conocerán las sentencias nada más acabar los mismos.

Estas son algunas de las 115 propuestas realizadas finalmente por el Consejo General del Poder Judicial al Ministerio de Justicia, en un informe de más de 500 folios al que ha tenido acceso íntegro LA RAZÓN, para el “plan de choque” con el que hacer frente al aluvión de procedimientos que recibirán los juzgados en los próximos meses como consecuencia de la crisis económica producida por el coronavirus. En este documento final se han mantenido sin cambios respecto de la propuesta inicial un total de 50 medidas, se han introducido modificaciones en 36 propuestas y se han incorporado 29 medidas nuevas, tras las aportaciones de las asociaciones de jueces y tribunales superiores de Justicia.

Así, en cuanto a las medidas encaminadas a evitar el colapso de las oficinas judiciales de los juzgados de lo mercantil, se ha ampliado la petición de la reclamación previa a AESA, con la introducción de un incentivo negativo para que las Compañías aéreas atiendan inmediatamente a las reclamaciones y no les salga a cuenta demorar el pago, consistente en un interés del 20%. En este sentido, se ha formulado otra medida alternativa, de atribuir a AESA la competencia para conocer de todas las reclamaciones por cancelaciones, denegación de embargo y retrasos de vuelos, y sus decisiones sean vinculantes, sin perjuicio de su revisión por vía jurisdiccional

Negociación de impuestos

Al margen de las señaladas anteriormente, otra medida destacada es la posibilidad de negocación intrajudicial, es decir, ya en sede judicial, para intentar llegar a un acuerdo en cuestiones relacionadas con la liquidación de tributos, tanto en el ámbito nacional, como autonómico y local. Un ejemplo podría el relativo al impuesto estatal de sociedades, el impuesto sobre las grandes superficios (autonónicos) y los locales,

En el ámbito penal se introducen cinco medidas dirigidas a agilizar estos procesos y, en concreto, relacionadas con la adopción de medidas cautelares de carácter real en la fase de instrucción, impedir la suspensión del juicio en los casos de incomparecencia de los declarados rebeldes, facilitar la gestión de las piezas de convicción y la identificación de los efectos, instrumentos y objetos intervenidos, agilizar la tramitación y resolución de las causas y facilitar la ejecución de las sentencias.

Otra de las novedades relevantes es la relativa a la introducción en la Jurisdicción Covil del «pleito testigo» y a la «extensión de efectos de sentencia» con la finalidad de poder aplicar, con mayor alcance y agilidad que en la actualidad, la sentencia que se dicte en un procedimiento a otros procedimientos judiciales en curso. Esto implicaría que cuando existen cientos o miles de reclamaciones sobre un mismo hecho, como por ejemplo, contratos idénticos con un banco, se resolvería uno los procedimientos y la decisión se aplicaría de forma automática a los demás. Esto conllevaría una más que notable agilización en esta materia.