Ministerio del Interior

Interior acerca al País Vasco al etarra Arri Pascual, quien asesinó al general Veguillas

Las víctimas critican la política de traslado de presos con delitos de sangre. Otra colaboradora de ETA será trasladada desde Alicante a Logroño y se progresa al tercer grado a un etarra enfermo

Alvaro Juan Arri Pascua,l en el juicio contra él por el atentado del 29 de julio de 1994 en la plaza de Ramales de Madrid, será trasladado desde la cárcel de Castellón a la de Burgos
Alvaro Juan Arri Pascua,l en el juicio contra él por el atentado del 29 de julio de 1994 en la plaza de Ramales de Madrid, será trasladado desde la cárcel de Castellón a la de Burgoslarazon

La Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, dependiente del Ministerio del Interior, ha acordado hoy el acercamiento a cárceles próximas al País Vasco de dos presos de la banda terrorista ETA, y, a la vez, ha concedido el tercer grado a un tercero. En concreto, a partir de ahora José Ramón Foruria Zubialdea, condenado a 30 años de cárcel por un delito de atentado pero que cumple cumple su condena segundo grado, con control telemático, fuera del centro penitenciario.por una grave enfermedad, pasará ahora a estar clasificado en tercer grado, por lo que podrá salir de su domilicilio. La Junta de Tratamiento de la prisión de Burgos, de la que depende, propuso su progresión de grado, ratificada ahora por Instituciones Penitenciarias. Ingresó en prisión en septiembre de 2003.

En cuanto a los dos presos de ETA que será trasladados a cárceles cercanas al País Vasco, cuando las condiciones de sanidad lo permitan, son Josune Oña Ispizúa y Álvaro Juan Arri Pascual, quienes cambiarán las prisiones de Alicante y Castellón II por las de Logroño y Burgos, respectivamente. Arri Pascual fue condenado, entre otros delitos, por el atentado que costó la vida al general Veguillas.

Josune Oña ingresó en prisión el 29 de julio de 2004 y cumple una condena de 25 años por los delitos de colaboración con banda armada, atentado, falsificación de documento público y tenencia ilícita de armas. En abril de 2023 habrá cumplido las tres cuartas partes de la condena, a partir de la cual puede acceder incluso a la libertad condicional. Ha aceptado la “legalidad penitenciaria” y su progresión a segundo grado y el traslado a una cárcel más cercana a su entorno familiar fue propuesto por La Junta de Tratamiento del Centro Penitenciario de Alicante, donde está ingresada en la actualidad.

Por su parte Álvaro Juan Arri Pascual será trasladado a la prisión de Burgos para continuar con el cumplimento efectivo de su condena a 30 años de cárcel por los delitos de asesinato, estragos y atentados. El total de años a los que fue condenado superan los 200. Así, en el año 2007 formaba parte del “comando Madrid” de ETA y participó en el atentado cometido el 29 de julio de 1994 en la Plaza de Ramales de la capital de España, en el que fallecieron el teniente general Francisco Veguillas, en conductor de su vehículo y un trabajador que descargaba en la zona. En 2016, el Tribunal Supremo confirmó su condena por estos hechos.

Cumplió las 3/4 partes de la condena en junio de 2018 y también ha aceptado la “legalidad penitenciaria”, Su progresión a segundo grado y acercamiento a una prision más cercana a sus familiares fue propuesto por la Junta de Tratamiento de la Prisión de Castellón, desde la cual será trasladado a la de Burgos.

Presos con delitos de sangre

La decisión de acercar a Arri Pascual ha sido fuertemente criticada por la Asociación de Víctimas del Terrorismo, al considerar que con esa medida “el Ministerio del Interior confirma su voluntad de trasladar a presos con delitos de sangre” que ya inición con el acercamiento el pasado diciembre de Arregi Erostarbe, “Fiti”. Todo ello “supone, sin lugar a dudas, una progresión más en su política de traslados que en un primer momento se limitaba a presos sin delitos de sangre”, sostiene la AVT.

La progresión a tercer grado de José Ramón Foruria, el cuarto ex miembro de ETA que lo obtiene en los últimos meses, también ha sido ciriticada por las víctimas, ya que en ninguno de estos cuatro casos se ha exigido el requisito de colaboración con la justicia tal y como viene fijado en el Código Penal y en la legislación penitenciaria, “como ya es habitual”.