Educación

Coronavirus

El PP recurre la orden que elimina el límite de suspensos para pasar de curso por el coronavirus

Considera que infringe la legislación educativa al establecer la repeticion como “muy excepcional” y pide a la Audiencia Nacional su suspensión cautelar

SESIÓN DE CONTROL AL GOBIERNO
La ministra de Educación, Isabel Celaá, durante la última sesión de control al Gobierno en el SenadoBallesterosEFE

El PP ha recurrido ante la Audiencia Nacional la orden del Ministerio de Educación del pasado 22 de abril que establece como normal general la promoción de curso de los alumnos por la crisis sanitaria del coronavirus, algo que según la formación de Pablo Casado infringe los principios esenciales de la legislación educativa. La orden recurrida ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del citado tribunal no solo marca las pautas de actuación para el tercer trimestre del curso 2019-2020, sino que también aborda las del próximo curso escolar ante la pandemia sanitaria.

Para los populares esa orden ministerial adolece de “vulneraciones patentes, radicales e incontrovertidas” del ordenamiento jurídico al establecer que “la promoción de curso será la norma general en todas las etapas, considerándose la repetición de curso una medida muy excepcional, que deberá estar sólidamente argumentada y acompañada de un plan preciso de recuperación, ajustándose al marco general que dispongan las administraciones educativas”.

En el recurso -al que ha tenido acceso LA RAZÓN- se señala este enunciado como contrario al principio de calidad de la educación para todo el alumnado, independientemente de sus condiciones y circunstancias, previsto en el artículo 1 de la Ley Orgánica de Educación (LOE). De hecho, para el PP “lo que se hace es invertir dicho principio y someter la calidad a las condiciones y circunstancias del alumno y no al revés, cuando lo que debiera es haberse previsto la dotación de los medios necesarios para que, con independencia de las condiciones y circunstancias, la calidad de la enseñanza primara en todo caso”.

El PP reclama a la Audiencia la suspensión cautelar de la aplicación de la orden del ministerio que dirige Isabel Celaa “para evitar el perjuicio irreparable que conlleva para los alumnos y para el sistema educativo”. “Ante está ilegitima e inconstitucional injerencia del Gobierno, la respuesta del poder judicial debe ser ejemplar y contundente, extrayendo dicha disposición del ordenamiento jurídico con la mayor diligencia posible", reclama.

En particular, se solicita la suspensión cautelar del apartado "e" del artículo 4,1 de esa orden -que estipula “adaptar la evaluación, promoción y titulación” a consecuencia de la crisis sanitaria- y de otros seis apartados de los anexos II y III de la disposición general impugnada, que establecen la promoción de curso como normal general y las condiciones de evaluación y titulación, y que según el criterio del PP “derogan parcialmente la LOE”.

Esa “promoción cuasi-automática” del alumnado, denuncia, provocará además “distorsiones” en el sistema educativo y en la composición de los cursos. De no acordarse la suspensión cautelar, advierte la formación popular, la orden ministerial “podría generar efectos devastadores y de imposible reparación”.

En el recurso se hace hincapié en que la promoción de curso de todos los alumnos que, con los criterios imperantes hasta ahora, deberían repetir curso “como mecanismo necesario para la integración de los conocimientos y el desarrollo de las aptitudes considerados esenciales en su formación”, supondría que los alumnos pasasen de curso “sin haber adquirido dichos conocimientos y aptitudes considerados esenciales”. Con el “correspondiente déficit formativo”, añade el PP, “que habrán de arrastrar a las fases superiores de educación”, lo que considera un perjuicio irreparable que justifica la petición de suspensión cautelar.

Los populares esgrimen que a través de un reglamento se ha vaciado de contenido una ley que desarrolla un derecho fundamental, por lo que entienden que el Ministerio de Educación infringe el principio de jerarquía normativa y vulnera la reserva de ley orgánica al regular a través de una norma supuestamente incompetente, la orden ministerial recurrida, “cuestiones que afectan al núcleo esencial del derecho fundamental a la educación consagrado en el artículo 27 de la Constitución”.

Al otorgar a las “Administraciones educativas” la facultad de flexibilizar los criterios de promoción inobservando las limitaciones establecidas, olvida que la determinación de dichas limitaciones no tiene origen reglamentario, sino legal, dado que están expresamente previstas en la LOE.

Asimismo, en el recurso se hace hincapié en que la decisión de Educación contraviene el artículo 6 de la de la ley que regula los estados de alarma, excepción y sitio en relación con lo dispuesto por el artículo 116,2 de la Carta Magna, que atribuye al Consejo de Ministros, mediante real decreto, el establecimiento de los "efectos" de la declaración inicial del estado de alarma o al Congreso de los Diputados al aprobar las sucesivas prórrogas.

Y es que para el PP “la nueva norma” instaurada a través de la orden ministerial constituye un claro “efecto” del estado de alarma, “que debió incorporarse al real decreto por el que se declara el estado de alarma o a sus sucesivas prórrogas”, una presunta vulneración en la que advierten una “grave violación del principio de control parlamentario de nuestro derecho de excepción, pues por la orden ministerial recurrida se sustrae del control parlamentario constitucionalmente imperativo -a través de la autorización, enmienda o denegación- a las medidas restrictivas adoptadas”.

En consecuencia, los populares concluyen que esa orden de Educación adolece “de un vicio de nulidad” conforme a lo dispuesto en el artículo 47,2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que establece que “serán nulas de pleno derecho las disposiciones administrativas que vulneren la Constitución, las leyes u otras disposiciones administrativas de rango superior, las que regulen materias reservadas a la Ley, y las que establezcan la retroactividad de disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales”.

La formación de Casado señala que supone “un inaceptable riesgo para la democracia y el Estado de Derecho aceptar que el poder ejecutivo pueda, a su antojo, desconocer el sistema de fuentes del Derecho y el principio de jerarquía normativa, usurpando funciones que no le competen, al enmarcarse en el ámbito funcional del poder legislativo”. “Es tan grave que, podría generar un precedente impensable que reduciría a la nada los necesarios contrapesos que garantizan el estricto cumplimiento del orden constitucional y la pervivencia de la Constitución”, denuncia el PP.

Modifica los criterios de evaluación

Respecto a Primaria, ESO, Bachillerato y FP, la orden de Educación deja claro que las autoridades educativas “podrán autorizar la modificación de los criterios de evaluación previstos para cada curso, renunciando a un cumplimiento exhaustivo de los mismos y valorando especialmente los aprendizajes más relevantes e imprescindibles para la continuidad del proceso educativo”, así como “flexibilizar los criterios de obtención del título” de ESO, Bachillerato y Formación Profesional.

Asimismo, establece, por ejemplo, que "la titulación debe ser la práctica habitual para los alumnos de 4º de ESO y de 2º de Bachillerato y de FP, para lo cual las administraciones educativas adaptarán los criterios exigibles para obtenerla, pudiendo organizar pruebas extraordinarias de recuperación y titulación a las que podrán presentarse quienes así lo deseen, con posibles exenciones de partes de estas".

La legislación educativa vigente fija que tres suspensos es el tope para pasar curso en la ESO y dos en el caso de Bachillerato y determina que no se pueden acumular más de dos suspensos (y ni siquiera eso si son de lengua y matemáticas) para obtener el título de ESO, que en el caso del de Bachillerato exige tener todas las asignaturas aprobadas.

El secretario general del PP, Teodoro García Egea, ha anunciado hoy mismo la presentación de este recurso al considerar que crea un “agravio” entre comunidades autónomas. En una rueda de prensa en la sede de los populares en la calle Génova, el dirigente de la formación ha acusado al Gobierno de Pedro Sánchez de “lavarse las manos”, informa Ep.