Reforma laboral
El Gobierno rectifica el pacto con Bildu y no derogará “íntegra” la reforma laboral del PP
A medianoche, el PSOE ha emitido una “nota aclaratoria” en la que anula el punto del acuerdo que se comprometía a tumbarla en su totalidad y se refiere ahora solo a los aspectos más lesivos
Tras la polémica causada por el pacto entre el Gobierno y EH Bildu para derogar de manera “íntegra” la reforma laboral del PP de 2012 a cambio de la abstención en la prórroga del estado de alarma, el PSOE ha emitido al filo de la medianoche una “nota aclaratoria” en la que “anula el punto primero de dicho acuerdo”, cuya literalidad era la siguiente: “Las fuerzas políticas que suscriben este acuerdo se comprometen a derogar de manera íntegra la Reforma Laboral del año 2012 impulsada por el Partido Popular. La derogación deberá ser efectiva antes de la finalización de las medidas extraordinarias adoptadas por el Gobierno en materia económica y laboral derivadas de la crisis originada por el COVID-19”.
La redacción del citado punto iba contra dos de líneas fundamentales del discurso que había defendido el Gobierno hasta la fecha. La primera, que no es posible derogar la reforma laboral en su totalidad, por lo que se centrarían en tumbar únicamente los “aspectos más lesivos” de dicha legislación; y en segundo lugar, la inminencia de la modificación tampoco casa con los planes del Ejecutivo, que había condicionado el cumplimiento de todos los compromisos contraídos con los grupos políticos a que finalizara la emergencia sanitaria. A estas contradicciones manifiestas hay que añadir la maniobra torticera de esperar a anunciar el acuerdo después de la votación del estado de alarma, para evitar perder el apoyo de Ciudadanos.
De este modo, el Gobierno da marcha atrás y plantea una redacción complementaria a la anteriormente expuesta, mucho más ambigua y en la que se suprime el carácter “integral” de la derogación, sustituyéndola por la eliminación de cuestiones concretas de la reforma laboral de 2012, tales como la derogación de “la posibilidad de despido por absentismo causado por bajas por enfermedad”, “las limitaciones al ámbito temporal del convenio colectivo, haciéndolo llegar más allá de las previsiones contenidas en el mismo, tras la finalización de su vigencia y hasta la negociación de uno nuevo”, así como la derogación de “la prioridad aplicativa de los convenios de empresa sobre los convenios sectoriales”.
La improvisación de la rectificación es tal, que dentro de los nuevos compromisos está uno el de eliminar “la posibilidad de despido por absentismo causado por bajas por enfermedad” que el Gobierno ya impulsó en febrero de este año, a través de la derogación del artículo 52d y que se convalidó en el Congreso de los Diputados el pasado 26 de marzo, inmersos ya en el estado de alarma.
✕
Accede a tu cuenta para comentar