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Madrid

Coronavirus

El juez anula la citación de Almeida por el cierre de parques por el coronavirus

Mantiene abierta la investigación por prevaricación contra el alcalde y su edil de Medio Ambiente, pero únicamente para tomar declaración al denunciante

José Luis Martínez-Almeida (dcha.), junto a los Reyes durante su visita a Mercamadrid el pasado jueves Casa de S.M. el ReyCasa de S.M. el Rey

El alcalde de Madrid, José Luis Martínez-Almeida, no tendrá finalmente que declarar mañana ante el juez que le investiga por prevaricación por el cierre de los parques de la capital debido a la crisis sanitaria del coronavirus.

El titular del Juzgado de Instrucción nº 41 de Madrid, Juan Carlos Peinado, ha decidido in extremis dejar sin efecto la comparecencia que había convocado para decidir si -como solicita el denunciante, el abogado José Luis Mazón- acordaba la reapertura cautelar de la casi veintena de zonas verdes que aún permanecen cerradas en la ciudad, entre ellas la Casa de Campo, el Retiro y Madrid Río. Tampoco deberá acudir a esa vista el concejal de Medio Ambiente, Francisco de Borja Carabante, denunciado asimismo por el letrado.

El instructor, sin embargo, mantiene abierta la causa -en contra del criterio de la Fiscalía, que ayer mismo le pidió que archivara el procedimiento- y, según fuentes jurídicas, tras la anulación de la comparecencia “mantiene abiertas las diligencias de investigación a los solos efectos de oír al denunciante y recibir la documentación que tenga a bien aportar”. Tras tomar declaración a Mazón, el magistrado decidirá si ordena nuevas diligencias o acuerda el sobreseimiento de la causa.

El abogado denunció por prevaricación administrativa a Martínez Almeida y al responsable municipal de Medio Ambiente por la decisión del Ayuntamiento de cerrar los parques y grandes áreas verdes de la ciudad como medida de precaución para evitar contagios por Covid-19. Además, solicitó que, de forma cautelar, el juez instase al Consistorio a reabrir los parques cerrados.

El magistrado decidió -"haciendo una interpretación extensiva" del derecho a la tutela judicial efectiva- abrir diligencias previas sobre los hechos denunciados, sin presuponer, matizó, que ese paso acarrease “la existencia de hecho delictivo”.

La Fiscalía secunda la petición del letrado del Ayuntamiento de Madrid -en representación del alcalde y el edil- de que se archive el procedimiento. Según el Ministerio Público, el Consistorio es competente para adoptar un decisión de este tipo, pese al estado de alarma, y niega que aquélla sea arbitraria.

La Fiscalía Provincial de Madrid argumenta que tanto la denuncia como el auto en el que juez acordó abrir diligencias no aclaran la resolución concreta que sería presuntamente arbitraria y que se desconocen las personas que dictaron dicha resolución. Asimismo, no aprecia en la decisión de cerrar al público los parques y jardines de la capital "datos que permitan inferir que contradicen la norma de forma patente y grosera o desborden la legalidad de un modo evidente, flagrante y clamoroso, o muestren una desviación o torcimiento del derecho de tal manera grosera, clara y evidente que sea de apreciar el plus de antijuridicidad que requiere el tipo penal".

Para que esa decisión pudiese considerarse arbitraria, desbrozando el camino a la posible comisión de un delito de prevaricación, debería tratarse de una resolución “objetivamente injusta, en abierta contradicción con la ley y de manifiesta irracionalidad”, dice la Fiscalía. Algo que no sucede en este supuesto, determina, pues no puede entenderse como arbitrario el hecho de cerrar ciertas zonas de la ciudad, en este caso determinados parques y jardines, “si se consideran lugares donde puedan existir aglomeraciones, y en consecuencia posibles fuentes de contagio”.

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