Coronavirus

Juristas advierten que la orden de Sanidad “no es aplicable por sí misma”

Son las comunidades las que deben aplicarla y si estas se niegan es necesario que el Gobierno declare el estado de alarma o que aplique el 155

El ministro de Sanidad, Salvador Illa, ofrece una rueda de prensa telemática tras la reunión del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud (CISNS), en Moncloa, Madrid (España) a 30 de septiembre de 2020. En su comparecencia, ha anunciado que en los próximos días se va a publicar una orden, firmada por él mismo, en el Boletín Oficial del Estado (BOE) con el acuerdo alcanzado, por una "amplia mayoría" en el pleno del CISNS, para la restricción de la movilidad en los municipios de más de 100.000 habitantes con más de 500 casos de Covid-19.30 SEPTIEMBRE 2020Moncloa30/09/2020
El ministro de Sanidad, Salvador Illa, ofrece una rueda de prensa telemática tras la reunión del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud (CISNS), en Moncloa, Madrid (España) a 30 de septiembre de 2020. En su comparecencia, ha anunciado que en los próximos días se va a publicar una orden, firmada por él mismo, en el Boletín Oficial del Estado (BOE) con el acuerdo alcanzado, por una "amplia mayoría" en el pleno del CISNS, para la restricción de la movilidad en los municipios de más de 100.000 habitantes con más de 500 casos de Covid-19.30 SEPTIEMBRE 2020Moncloa30/09/2020MoncloaMoncloa

Las medidas que se incluyen en la orden publicada por Sanidad en el Boletín Oficial del Estado “no son aplicables por sí mismas” advierten juristas consultados por LA RAZÓN ya que son las Comunidades Autónomas las que, al tener transferidas las competencias en materia de sanidad, están encargadas de ponerlas en práctica. Además, alertan los mismos expertos, el reglamento del Consejo Interterritorial de Salud obliga que que haya consenso entre el Ministerio y las Consejerías de salud de las CC AA. “En nuestro ordenamiento jurídico existe un principio que es el principio de especialidad por el que las normas especiales tienen prioridad sobre las normas generales”, advierten los expertos consultados, “por lo que priman las resoluciones tomadas por los gobiernos autonómicos. En el caso de que las comunidades se nieguen es necesario que el Gobierno declare el estado de alarma o recurra al artículo 155 de la Constitución”.

GRAF3213. MADRID, 30/09/2020.- El consejero de Sanidad madrileño, Enrique Ruiz Escudero, ofrece una rueda de prensa este miércoles, en la que consideró que la decisión adoptada en el Consejo Interterritorial de Salud, que supondrá endurecer las restricciones de movilidad en diez municipios de esta región, "jurídicamente no es válida" al no haber sido tomada por consenso. EFE/Kiko Huesca
GRAF3213. MADRID, 30/09/2020.- El consejero de Sanidad madrileño, Enrique Ruiz Escudero, ofrece una rueda de prensa este miércoles, en la que consideró que la decisión adoptada en el Consejo Interterritorial de Salud, que supondrá endurecer las restricciones de movilidad en diez municipios de esta región, "jurídicamente no es válida" al no haber sido tomada por consenso. EFE/Kiko HuescaKiko HuescaAgencia EFE

Frente a la opinión de la Comunidad de Madrid, que ya ha anunciado su voluntad de recurrir la orden de Sanidad, el Gobierno ha emitido una nota en la que afirma que «la norma aplicable en las votaciones del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud (CISN) es el artículo 151 de la Ley 40/2015 de régimen jurídico del sector público, que regula esta cuestión para todas las Conferencias Sectoriales (como el CISN). Esta ley señala que los acuerdos obligarán a todas las Comunidades Autónomas, aunque voten en contra, si el Estado ejerce competencias de coordinación, como es el caso».