Aborto
El TC lleva 10 años para pronunciarse sobre la Ley del Aborto
Ni siquiera se ha debatido un borrador de sentencia y el ponente puede dejar el tribunal sin haber presentado un texto
El Gobierno pretende reformar la previsión establecida en 2015 en la Ley del Aborto para que las menores que quisieran abortar necesitaran de la autorización de sus padres o tutores. Y previsiblemente saldrá adelante antes de que el Tribunal Constitucional falle el recurso interpuesto en 2010 por el Partido Popular contra la conocida como «Ley Aído». Este recurso de inconstitucionalidad, según confirmaron a LA RAZÓN fuentes solventes, es el que más tiempo lleva en el Alto Tribunal a la espera de su resolución, algo que, además, no se prevé que vaya a suceder a corto plazo, ni mucho menos. De hecho, el pasado mes de junio hizo diez años desde que fue admitido a trámite el recurso interpuesto. El Gobierno de Navarra también recurrió la citada ley.
Así, lo previsible es que entre en vigor una reforma que afecta a temas tan sensibles como que una menor pueda abortar libremente sin que el TC se haya pronunciado sobre si la ley del aborto del Gobierno socialista que presidía Rodríguez Zapatero se ajusta o no a la Constitución.
Pero, además, se da la circunstancia de que el magistrado al que correspondió la ponencia del citado recurso, Andrés Ollero, es uno de los que, en teoría, deberían ser renovados por haber vencido su mandato. De tal forma, que es más que previsible que abandone el Alto Tribunal sin tan siquiera haber podido presentar al pleno un borrador de sentencia para su debate.
El recurso se presentó cuando la presidencia del Tribunal la ostentaba Francisco Pérez de los Cobos, quien en ningún momento propuso que el tema se debatiese al menos. Con el actual, Juan José González Rivas, ha pasado prácticamente lo mismo. Los motivos también son similares: no hay mayorías suficientes para alcanzar un consenso.
De esta forma, se podría la situación –nada descabellada– de que saliese adelante una nueva Ley del Aborto que hiciera que se perdiera el objeto del recurso presentado contra la «Ley Aído» y quedase el mismo definitivamente sin resolver. Y ello, porque si una nueva ley revoca gran parte de la que está recurrida, ésta pierde ya el objeto para que los magistrados se pronuncien sobre ella.
La «historia» de este recurso se remonta ya al 1 de junio de 2010, cuando el Partido Popular, entonces también en la oposición, presentaba ante el Tribunal Constitucional su recurso contra la ley del aborto que aprobó el PSOE, la conocida como «ley Aído», en el que se establecía un sistema de plazos para interrumpir de forma voluntaria el embarazo hasta la semana 14 de gestación. Los recursos fueron admitidos a trámite por el Alto Tribunal el 30 de junio.
Las cuestiones de fondo que debe resolver este recurso afectan, principalmente, a si la libertad para abortar en la primeras 14 semanas de gestación, tal como permite la «ley Aído», actualmente en vigor, es o no constitucional y se ajusta a los parámetros que estableció el Alto Tribunal en su sentencia de 1985; y si las niñas de 16 años pueden interrumpir su embarazo sin autorización ni conocimiento de sus padres o tutores. Este último aspecto, nuclear de la citada ley, podría quedar sin efecto si se aprobase una donde ya se fijase que las menores no necesitarían de esa autorización de los padres o tutores.
La Abogacía del Estado, es decir, los servicios jurídicos del Estado, presentó su informe a principios de septiembre de 2010 y en el mismo defendía las tesis de la ley socialista. En su dictamen de oposición a los recursos del Partido Popular y del Gobierno navarro llegaba a decir que la mejor forma de proteger a las menores de 16 y 17 años «es reconocer como suficiente su voluntad» y que «ningún precepto constitucional» se opone a establecer una edad inferior a los 18 años para decidir sin permiso ni conocimiento de los padres» si aborta.
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