Fiscalía

La Fiscalía archiva la denuncia del PSOE contra la periodista Cristina Seguí por sus críticas en Twitter contra Sánchez

En el último mensaje llamó “miserable y cerdo sinvergüenza” a Sánchez. La Fiscalía lo sitúa fuera de la libertad de expresión pero tiene en cuenta el “contexto” en que se produjo, la pandemia

Cristina Seguí
Cristina Seguílarazon

La Fiscalía de Madrid ha acordado el archivo de una denuncia presentada por el PSOE contra la periodista Cristina Seguí a raíz de la aparición de varias publicaciones en su cuenta de Twitter que consideraba ofensivas hacia el Gobierno de la Nación,el presidente, Pedro Sánchez, y para la formación política. Argumenta el represente del Ministerio Público que los hechos a los que alude el denunciante no son constitutivos de un delito de discurso de odio ni de injurias porque aunque pueden considerarse “irrespetuosos” han de ser entendidos como una opinión “profundamente crítica y negativa”.

Para la Fiscalía, las expresiones utilizadas en el último mensaje (“Merece la pena arriesgarse a una querella por decir que @sanchezcastejón es un miserable y un cerdo sinvergüenza) son “literalmente vejatorias o insultantes” que quedan siempre fuera del ámbito “protector” de la libertad de expresión, “que en ningún caso ampara el derecho al insulto”. Aun así, a la hora de decretar el archivo, tiene en cuenta el contexto en el que se produjo el mensaje “claramente ofensivo” para descartar que pudiera ser constitutivo de un delito de injurias.

En el decreto de archivo la Fiscalía advierte de que, en primer lugar, se han de contextualizar los hechos denunciados, “los cuales tienen lugar en el marco de una crítica realizada por la denunciada hacia el Gobierno de la Nación por la gestión de la pandemia provocada por la COVID-19”. Más tarde aclara que para analizar los mensajes entran en liza la libertad de expresión y el derecho al honor, “por lo que las expresiones utilizadas, aunque aisladamente puedan ser ofensivas, se han de poner en relación con la información que se pretende comunicar o con la situación política o social en que tienen lugar”.

Sobre el contenido de los mensajes denunciados, el Ministerio Público subraya que han de ser entendidos como una opinión “profundamente negativa y crítica”. Además, deja claro que pese a que las expresiones pueden tacharse de “adversas”, “no objetivas”, “inoportunas” o “desmesuradas” al empelar términos “feroces” e “irrespetuosos”, esta circunstancia no es motivo para integrarlos en un el delito de odio “pues no denotan una cosificación ni deshumanización de los integrantes de un colectivo de los expresamente previstos en el Código Penal, incitando a su odio, hostilidad, discriminación o violencia”.

Ni delito de odio ni injurias

Por lo que se refiere al delito de injurias amenazas o calumnias al Gobierno de la Nación, la Fiscalía interpreta los tuis como una crítica “por lo que se entiende que constituye una opinión personal manifestada en el ejercicio de su libertad de Expresión que sin duda es desabrida, molesta y recibida como injusta por el destinatario, pero que carece" del ánimo de injuriar.

En cuanto al mensaje en el que la denunciada borró dos días más tarde en los profería expresiones “ofensivas” hacia el Presidente del Gobierno, (“miserable y cerdo sinvergüenza”), la Fiscalía indica que “más allá del carácter insultante de la acepción literal de los términos, objetivamente groseros e irrespetuosos”, el delito de injurias es un tipo circunstancial que exige valorar el contexto, la gravedad de la expresión y la intención de injuriar. Así, argumenta que “a la vista de la situación concreta socialmente vivida, de las criticas reiteradas de la denunciada a la gestión sanitaria del Presidente del Gobierno y a sus Ministros, las expresiones utilizadas tuvieron por finalidad poner de manifiesto de forma sonora e irrespetuosa su desacuerdo con las palabras del Presidente más que un ánimo de atentar a la dignidad del mismo”.