Vox

Vox presenta ante el TC dos recursos por el “abusivo e ilegal” estado de alarma de seis meses

La apelación de inconstitucionalidad la presentan los 51 diputados de Abascal, excepto Macarena Olona que presenta otro de amparo para ampliar el “paragüas de protección de los españoles”

El líder de Vox, Santiago Abascal, su portavoz parlamentario, Iván Espinosa de los Monteros y la diputada Macarena Olona
El líder de Vox, Santiago Abascal, su portavoz parlamentario, Iván Espinosa de los Monteros y la diputada Macarena OlonaMariscalEFE

Vox ha presentado hoy ante el Tribunal Constitucional dos recursos en relación al “abusivo e ilegal” estado de alarma decretado por el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez. Son 51 diputados de Vox los firmantes de dicho recurso de inconstitucionalidad que han presentado personalmente el líder de Vox, Santiago Abascal y la secretaria general del grupo parlamentario en el Congreso, Macarena Olona.

En dicho recurso reclaman la "inconstitucionalidad y nulidad de los artículos 2, apartados 2 y 3; 5; 6; 7; 8; 9; 10 y 14 del Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2; de los artículos 2, 4 y 5 de la Resolución de 29 de octubre de 2020 del Congreso de los Diputados, por la que se ordena la publicación del Acuerdo de autorización de la prórroga del estado de alarma; del correlativo Real Decreto 956/2020, de 3 de noviembre; así como la inmediata suspensión de la vigencia de todos ellos”.

Para ampliar las posibilidades de amparo del Constitucional, la secretaria general del Grupo Vox, Macarena Olona -no firmante del recurso de inconstitucionalidad-, presenta ante el tribunal un Recurso de Amparo "contra el artículo 2 de la Resolución de 29 de octubre de 2020 que autoriza la prórroga del estado de alarma, de forma que el estado de alarma quede suspendido de forma inmediata.

¿Por qué dos recursos?

Vox indica que ha presentado dos con el fin de lograr una mayor y más efectiva protección de los derechos fundamentales de los españoles, de forma que el segundo de los recursos de inconstitucionalidad y amparo permita, según la jurisprudencia del Tribunal, la suspensión inmediata de este estado de alarma sin necesidad de esperar a la resolución del recurso de inconstitucionalidad que -vistos los antecedentes con el primer recurso presentado por Vox hace más de 190 días-, podría alargarse en el tiempo más de seis meses y carecer, por tanto, de efecto práctico una vez resuelto (teniendo en cuenta que la Ley regula la suspensión sólo cuando los recursos de inconstitucionalidad los interpone el Gobierno, sería muy difícil, aunque Vox lo reclame, que se concediera la suspensión vía recurso de inconstitucionalidad).

De esta forma, con la presentación del recurso de amparo el Grupo Parlamentario Vox pretende ampliar el paraguas de protección a los españoles con la posible suspensión inmediata de este estado de alarma de seis meses “acordado de forma ilegal” y contraria a los que señala la Constitución, subrayan desde el partido.

Los Diputados recurrentes indican en el texto presentado que "son conscientes de la grave situación creada por la epidemia del coronavirus y de la necesidad de adoptar medidas que contribuyan a preservar la salud y seguridad de los ciudadanos”, pero apuntan que resulta “absolutamente obligado” el planteamiento de un recurso de inconstitucionalidad debido a que, “a la excepcionalidad de la situación, sólo puede hacérsele frente dentro de los mecanismos constitucionales y no al margen de los mismos”.

En el recurso de amparo presentado por Olona denuncia que “tanto la duración de la prórroga como el régimen de control por parte del Congreso resultan manifiestamente inconstitucionales y una burla a nuestro sistema de garantías”, y recuerda que, ante la excepcionalidad que suponen los estados de alarma, excepción y sitio, la Constitución “se preocupa de mantener el máximo control parlamentario de la actuación de la autoridad gubernativa”. “Parece evidente que ese intenso control que la Constitución reserva al Congreso queda absolutamente desnaturalizado ante una prórroga de 6 meses, durante los cuales el Ejecutivo y los Presidentes de Comunidades y Ciudades autónomas se encuentran investidos de amplios poderes para restringir los derechos constitucionales de la ciudadanía”