Indultos

La Sala del “Procés” pide a la Fiscalía que informe sobre si hay que indultar a los presos

Una vez se pronuncie el Ministerio Público lo hará el tribunal que sentenció el referéndum ilegal del 1-0

Los fiscales Javier Zaragoza y Fidel Cadena durante el juicio del "procés”
Los fiscales Javier Zaragoza y Fidel Cadena durante el juicio del "procés”larazon

La Fiscalía del Tribunal Supremo tiene ya en su poder los expedientes de solicitud de indultos para todos los condenados por sedición en el juicio del “procés” por parte de la Sala Penal del Tribunal Supremo. El Tribunal sentenciador recibió esos expedientes del Ministerio de Justicia hace varias semanas, pero ha tenido que unificar todas las peticiones y demás trámites necesarios antes de dar traslado de los mismos. La Sala remitió esos expedientes a la “oficina” de la Fiscalía del Tribunal Supremo y en las próximas horas los recibirán ya directamente los fiscales que ejercieron la acusación pública en este proceso.

Ahora, el Ministerio Público deberá informa sobre los mismos y optar por una de las tres posibilidades concretas: apoyar el indulto total como solicitan, respaldar un indulto parcial que rebaje en una parte las penas impuestas o informar en contra de la concesión de cualquier medida de gracia. Hay que recordar que la Fiscalía solicitó penas más altas al considerar que debían ser condenados por rebelión y no por sedición como hizo finalmente la Sala Penal del Supremo.

Serán por tanto, los fiscales Javier Zaragoza, Consuelo Madrigal, Jaime Moreno y Fidel Cadena los que tengan que emitir el preceptivo informe sobre si se avala o no la concesión de los indultos, ya sean parciales o totales. Durante toda la instrucción y enjuiciamiento del “procés” los representantes del Ministerio Público no tuvieron injerencia de ningún tipo por parte de ninguno de los dos fiscales generales que ocuparon ese cargo durante ese período de tiempo, Julián Sánchez Melgar y María José Segarra. Sólo en una ocasión, se obligó a cambiar el criterio de la Fiscalía por orden del fiscal general, cuando el fiscal se vio obligado, por mandato de Sánchez Melgar, a solicitar la libertad bajo fianza del ex consejero del Interior de la Generalitat Joaquim Forn.

Ahora, con motivo de los informes sobre los indultos, tampoco esperan ningún tipo de “indicación” por parte de la fiscal general del Estado, Dolores Delgado, quien, además, no puede intervenir en esta causa porque parte de la instrucción de la misma y el juicio se celebraron cuando ocupaba la cartera de Ministra de Justicia.

El dictamen de la Fiscalía, para cuya emisión no se ha concedido ningún plazo por parte de la Sala Penal del Tribunal Supremo, es, en todo caso, preceptivo pero no vincula en absoluto al tribunal que juzgó y condenó todo lo relacionado con el referéndum ilegal del 1-0. Una vez la Sala Penal reciba ese informe del Ministerio Público deberá emitir el suyo sobre esa misma cuestión, algo que se podría conocer en el plazo de un mes aproximadamente.

Una vez completado esos trámites, se remitirán al Ministerio de Justicia, el cual será quién eleve de forma definitiva la propuesta al Gobierno para la concesión del indulto total o parcial a los condenados o el rechazo a esas peticiones.

En este sentido, fuentes jurídicas consideran que esta decisión puede en buena forma verse condicionada en buena parte si para entonces se ha modificado o no el delito de sedición, el cual será castigado con menos penas que hasta ahora. Si ello fuese así, los condenados tendrían derecho a una nueva liquidación de condena, con todo lo que ello supone.

Sobre esta cuestión, el ministro de Justicia, Juan Carlos Campo, señaló el pasado dia 13 que, previsiblemente, la reforma de los delitos de sedición y rebelión pueda llevarse a cabo “antes de final de año”. Esa reforma afectaría no sólo al prófugo Puigdemont, aseguró Campo, sino también a los líderes independentistas juzgados por el ‘procés’. “Cuando afecta a unos hechos juzgados anteriormente en cuanto al quantum depena, el tribunal sentenciador hace la valoración de si eso ha cambiado algo la situación o está bien y no hay por qué tocarlo. Es una decisión absolutamente jurisdiccional”, ha sostenido.

También señaló entonces que los indultos tratan de corregir excesos judiciales" si por el “transcurso de un tiempo” lo que se juzgó ya no tiene relevancia social. “Las condenas tienen una finalidad de castigo y de recuperación social. Todo eso tiene que verse. El Gobierno lo que es proclive es a dar cumplimiento a la ley. Cualquier persona por si o por tercero tiene derecho a solicitar un indulto y a ser evaluado”.