Tribunales

El TS decide el 15 de diciembre si Otegi vuelve a ser juzgado por “Bateragune”

Fiscalía emitió un informe a favor de la repetición del juicio como pedían Vox y la asociación de víctimas del terrorismo Verde Esperanza después de que el tribunal de Estrasburgo anulara la condena del líder de Bildu

El coordinador general de EH Bildu, Arnaldo Otegi, en una rueda de prensa.
El coordinador general de EH Bildu, Arnaldo Otegi, en una rueda de prensa.Juan HerreroEFE

Mientras el histórico dirigente de Batasuna y líder de Bildu se jacta de su influencia en la “estructura del Estado”, ve conmutado su pasado por su “sí” a los Presupuestos, consigue acercamientos y beneficios para los presos de la banda terrorista y pasa la factura de su apoyo al Gobierno: referédum legal pactado y “derechos históricos”; Arnaldo Otegi podría ser juzgado de nuevo.

Según ha podido saber LA RAZÓN el Tribunal Supremo deberá deliberar y decidir el próximo 15 de diciembresi se repite juicio contra Otegi por el “caso Bateragune” -tal y como pidió Vox y la Asociación Víctimas del Terrorismo Verde Esperanza - cuya condena fue anulada por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) de Estrasburgo al apreciar falta de imparcialidad en el tribunal.

La Fiscalía había pedido también la repitición del juicio y solicitaba al Tribunal Supremo que acordara “la retroacción de las actuaciones” instando a la Audiencia Nacional a “designar unos diferentes componentes del tribunal” con el objeto de que “se repita el juicio” contra los cinco procesados (además de Otegi, el exsecretario general del sindicato LAB Rafael Díez Usabiaga, Miren Zabaleta, Arkaitz Rodríguez y Sonia Jacinto).

El líder de EH Bildu fue condenado por intentar reconstruir la Mesa Nacional de la ilegalizada Batasuna, pero la decisión de Estrasburgo acarreó la nulidad de la condena. La asociación de víctimas del terrorismo Verde Esperanza y Vox reclamaron esta resolución y pedían que fuese juzgado de nuevo por posible pertenencia a organización terrorista.

En el escrito, la fiscal Illana Navia-Osorio argumentaba que “un defecto procesal no puede convertirse en una exención penal” y esgrime la doctrina del Tribunal Supremo (y también del Tribunal Constitucional) sobre los efectos que produce el reconocimiento de la falta de imparcialidad objetiva del tribunal, optando por “retrotraer las actuaciones al trámite anterior al señalamiento de la vista oral del juicio para que se proceda a realizar los trámites necesarios para celebrar un nuevo juicio” con un tribunal diferente.

Asimismo, la Fiscalía hacía hincapié en que la propia sentencia del TEDH de noviembre de 2018, que dio la razón a Otegi, mantiene “que se debía haber acordado la repetición del juicio”.

En sus alegaciones Otegi se opone a la repetición del juicio con otro tribunal porque considera que una vez anulada la sentencia del “caso Bateragune”, ningún otro efecto “puede ya acordarse fuera de ese proceso de revisión ya concluido que no sea dejar sin efecto las condenas en su día acordadas y cancelar las anotaciones que de ellas se hicieron en diferentes registros públicos”.