Contagios masivos
“Caso Fuenlabrada”: la Fiscalía archiva una denuncia anónima contra Tebas
Concluye que ya se ha investigado en otro juzgado y tampoco ve indicios de delito en el comportamiento del presidente de la Liga en el “caso Fabril”
La Fiscalía de Madrid ha archivado las diligencias de investigación abiertas al presidente de la Liga de Fútbol Profesional (LFP), Javier Tebas, a raíz de una denuncia anónima interpuesta a raíz del “caso Fuenlabrada”, el viaje del equipo madrileño a Galicia para enfrentarse al Deportivo de la Coruña en julio del pasado año pese a que cuatro integrantes de su plantilla habían dado positivo por Covid-19 en las horas previas.
El Ministerio Público fundamenta su decisión en que, por un lado, parte de los hechos ya estaban siendo investigados por un Juzgado coruñés y, por otro, en la inexistencia de indicios delictivos en los comportamientos que el denunciante atribuye a Tebas.
La denuncia llegó a manos de la Fiscalía General del Estado el pasado 7 de septiembre de manos del Consejo Superior de Deportes (CSD), que remitió junto a diversa documentación una denuncia anónima presentada contra el presidente de la Liga en relación al viaje del Fuenlabrada a Galicia, que se saldó con una avalancha de positivos por coronavirus aunque el equipo madrileño había dejado en tierra y aislado a los cuatro jugadores que habían dado positivo (seis nuevos casos se confirmaron posteriormente en la expedición ya en tierras gallegas, lo que obligó a suspender el partido y a confinar a la plantilla en un hotel). En la propia denuncia se ponía de manifiesto que tales hechos estaban siendo investigados por un juzgado de La Coruña, por lo que la Fiscalía ni siquiera los analizó.
Sí ha investigado, en cambio, la intervención que tuvo Tebas en el problema sanitario derivado del viaje del Fuenlabrada a Galicia y en particular su participación en una reunión celebrada el 20 de julio del pasado año convocada por el CSD con la Real Federación Española de Futbol (RFEF) y la Liga, antes de que decidiera inhibirse dos días después en favor del vicepresidente primero de la Liga por una posible incompatibilidad. Pero para la Fiscalía ese comportamiento “carece absolutamente de relevancia penal”.
El denunciante hacía referencia una posible actuación encubierta de Tebas en el denominado “caso Fabril” (la petición del Fuenlabrada en 2018 a la Federación de que no se permitiese al filial del Depor promocionar a segunda división), cuando al Deportivo de La Coruña le llegó un sobre sin remitente con documentos favorables al Fuenlabrada supuestamente remitidos por el despacho de Teba. Pero para el Ministerio Público, no se aporta “elemento alguno que permita barajar tal hipótesis”.
También afirmaba el denunciante en referencia a noticias periodísticas que la Liga hizo al Fuenlabrada CF una recomendación de “profesionales en el sector” para que realizasen una tasación al alza del estadio Fernando Torres perteneciente al club, tasación que le habría permitido “engordar su patrimonio neto en 4,17 millones de euros”. Pero la Fiscalía tampoco advierte indicios de delito en esa actuación, “a menos que se trate de insinuar que se han falseado las cuentas del club Fuenlabrada”, considerando a Tebas como un cooperador necesario en la comisión de ese delito.
Al margen de la vía penal
Al mismo tiempo que la Fiscalía no ve indicios de delito en esas conductas analizadas de forma aislada, tampoco encuentra relevancia penal si se analizan de forma conjunta. “La consideración de tales actuaciones, examinadas en conjunto, debe ser de atipicidad, y como consecuencia, el Ministerio Fiscal no debe entrar a valorar si son o no ajustadas a derecho, si han vulnerado o no los estatutos de la LNFP o el Código de Buen Gobierno de la LNFP, cuestiones todas ellas que habrán de dilucidarse en el ámbito jurisdiccional que corresponda”, recalca en su escrito de archivo de las actuaciones.
La Fiscalía recalca que aunque la condición de presidente de la Liga presenta un carácter no estrictamente jurídico, “en determinados aspectos debe atribuírsele estatuto jurídico público”. Y es que las Federaciones Deportivas Españolas y Registro de Asociaciones Deportivas consideran a la LFP un órgano de gobierno necesario de las ligas profesionales, “indicando que el cargo de presidente será incompatible con el desempeño de un cargo directivo en un club o sociedad anónima deportiva de los asociados a la liga”.
Pero incluso considerando la faceta pública del cargo e incluyéndolo en el personal a que se refiere la Ley de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas -subraya el Ministerio Público- “debe recordarse que el artículo 20 de dicho cuerpo legal establece que el incumplimiento de lo dispuesto en dicha ley será sancionado conforme al régimen disciplinario de aplicación, sin perjuicio de la ejecutividad de la incompatibilidad en que se haya incurrido”.
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