Polémica

Irene Montero, denunciada ante Bruselas por vulnerar la presunción de inocencia de Antonio David

Recuerdan que la directiva de la Unión Europea impide declaraciones públicas como las de la ministra mientras que no se haya probado la culpabilidad del sospechoso y censuran que entrara en un programa de televisión que se dedica a “linchar” al ex marido de Rocío Carrasco

El alegato de defensa pública de la ministra de Igualdad Irene Montero a Rocío Carrasco tras denunciar en Telecinco malos tratos se salda ya con la denuncia de dos asociaciones contra la también dirigente morada ante la Comisión Europea por “vulnerar” el derecho a la presunción de inocencia de Antonio David Flores, ex marido de la hija de Rocío Jurado, ya que “no ha sido condenado por ello”.

La Asociación de Custodia Compartida de Alicante (ACCA) y la Asociación de Víctimas de la Ley de Violencia de Género-Madrid (GENMAD) denuncian que Montero usó sus redes sociales para presentar como culpable de un delito de malos tratos a Antonio David Flores. Con ello, explican, la ministra habría violado el artículo 4.1 de la Directiva 2016/343 del Parlamento Europeo y del Consejo, de fecha 9 de marzo de 2016″.

El citado artículo refrenda que “los Estados miembros adoptarán las medidas necesarias para garantizar que, mientras no se haya probado la culpabilidad de un sospechoso o acusado con arreglo a la ley, las declaraciones públicas efectuadas por las autoridades públicas y las resoluciones judiciales que no sean de condena no se refieran a esa persona como culpable”. Afirman las asociaciones citadas que la directiva es clara cuando se refiere a las “declaraciones públicas efectuadas por las autoridades públicas” incluye a las declaraciones de un Ministro efectuadas en una red social.

Las asociaciones explican que la ministra “lejos de rectificar” intervino en directo en un programa de televisión “que públicamente se está dedicando a ‘linchar’ a D. Antonio David Flores, llegando a formalizar su despido laboral en directo y de forma televisada con base en un delito de malos tratos, extremo que ha sido respaldado por la ministra mediante su intervención televisiva”.

Recuerdan, además, que el ex marido de Rocío Carrasco “nunca ha sido juzgado por el delito de malos tratos del que ha sido acusado, y por el contrario, los tribunales españoles han sobreseído la denuncia”. En la denuncia, las asociaciones añaden que en Twitter “algún juez español” ha manifestado que “si afirmas que una persona es víctima de un delito que sólo puede haber cometido una persona, estas señalando a esta otra como culpable”.

Ambas asociaciones, que promocionan la custodia compartida, lamentan que “es frecuente que los varones que solicitan dicho modelo de custodia se vean afectados por denuncias de violencia de género”, por lo que refrendan que no pueden “consentir” que “las autoridades españolas presenten como culpables a hombres que no han sido condenados por los tribunales”.

En la denuncia, recuerdan además que España ya fue condenada por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (Azconobieta contra España) y que en aquella sentencia se declaró que “el derecho a la presunción de inocencia (…) exige que ningún representante de Estado o de la Autoridad pública declare que una persona es culpable antes de que su culpabilidad haya sido establecida por un Tribunal”.

En el escrito, llaman la atención de la Comisión Europea sobre el hecho de que en España “no existen vías efectivas de recurso” cuando una autoridad no judicial “presenta a un sospechoso como culpable sin que se le haya juzgado”. Lamentan que “no existe ninguna vía de recurso efectiva que un ciudadano español pueda accionar frente a una violación del art. 4 de la directiva por parte de un miembro del gobierno”.