Cerca del banquillo

La Audiencia acerca al banquillo a la familia Pujol por organización criminal

La Sala de lo Penal avala los indicios de que actuaron de forma concertada para ocultar el “origen ilícito” de los fondos percibidos por “orientar” resoluciones de la Generalitat

Foto de familia del ex president Jordi Pujol y Marta Ferrusola y sus hijos: Mireia, Oriol, Marta, Josep, Jordi, Pere y Oleguer
Foto de familia del ex president Jordi Pujol y Marta Ferrusola y sus hijos: Mireia, Oriol, Marta, Josep, Jordi, Pere y Oleguerlarazon

La Audiencia Nacional ha confirmado el procesamiento de la familia del ex presidente de la Generalitat Jordi Pujol por delitos de organización criminal o asociación ilícita, blanqueo, fraude fiscal y falsedad documental.

La Sección Tercera de la Sala de lo Penal -que avala la competencia de la Audiencia Nacional, incluso esgrimiendo una “razón práctica”, la de evitar dilaciones indebidas en una causa que arrancó hace ya más de ocho años -con la confesión ante el juez Ruz de la ex pareja de Jordi Pujol Ferrusola, Victoria Álvarez- confirma así la decisión del juez José de la Mata, aunque archiva el procedimiento respecto al empresario Carlos Sumarroca y retira la imputación de dos delitos fiscales a Mercé Gironés, ex mujer de Jordi Pujol Ferrusola.

El tribunal -presidido por el magistrado Alfonso Guevara- ratifica los indicios para imputar al matrimonio Pujol Ferrusola y a sus hijos un delito de asociación ilícita u organización criminal al avalar el relato de hechos del instructor sobre una actuación “claramente concertada” de todos los integrantes de la familia Pujol que se plasmó en la apertura y cierre simultáneo de cuentas bancarias en el extranjero, así como de movimientos de fondos entre ellas, “que indiciariamente obedece a una estrategia orientada a ocultar su origen y que el auto conecta con operaciones ilícitas determinadas que tuvieron como consecuencia determinadas resoluciones de la administración autonómica catalana”.

“Se trata de una serie de actuaciones, prolongadas en el tiempo, de todos los miembros de la familia investigados, que el auto sustenta en los correspondientes elementos indiciarios extraídos de la labor instructor, determinando también, con igual engarce en las actuaciones, los respectivos papeles asumidos por cada miembro, en el plano provisional propio de esta fase procesal”, explica la Sala.

De la Mata sostiene en su auto de procesamiento que “aprovechado su posición privilegiada” y su “ascendencia” en la vida política y económica catalana, la familia Pujol Ferrusola acumuló un “patrimonio desmedido” entre 1992 y 2014 “directamente relacionado con percepciones económicas derivadas de actividades corruptas”, unas cantidades que según el instructor se corresponden con las que ocultaron en Andorra durante años.

“Importantes rendimientos económicos”

La defensa de Jordi Pujol esgrimió que “no hay indicio alguno” de que el ex presidente de la Generalitat “realizase a favor de las empresas” de su primogénito “la más mínima gestión, sugerencia, invitación o influjo, por lo que no puede atribuírsele el delito de organización criminal”. Del mismo modo, defiende que tampoco hay indicios de una conducta de alteración para ocultar el origen de esos fondos. Sin embargo, la Sala desestima esos argumentos, avala la suficiencia de los indicios contra él y se remite a lo que decidan las acusaciones respecto a la imputación de los delitos en sus escritos de calificación provisional.

La Audiencia sostiene que “nos encontramos ante una asociación ilícita inicialmente y una organización criminal con posterioridad -teniendo en cuenta el cambio normativo que se produce durante el periodo- y no ante meros partícipes a título lucrativo, como en el recurso se califica a los restantes miembros de la familia, respecto de la actuación presuntamente lícita de Jordi Pujol Ferrusola”.

Los magistrados rechazan así los recursos de la defensa de la familia Pujol al avalar los indicios sobre la existencia de “una serie de actuaciones de la organización, presuntamente formada por” los miembros del clan “destinadas a orientar en determinada dirección diversas resoluciones administrativas, aprovechando el cargo del Sr. Pujol Soley al frente de la administración autonómica catalana, fruto de o cual se obtenían importantes rendimientos económicos, que eran ingresados en cuentas bancarias en el extranjero y sometidos a diversos movimientos y transmisiones, para ocultar su origen ilícito”.

Exime de delito fiscal a la ex esposa de Pujol Ferrusola

En cuanto a Gironés, la Sala estima parcialmente su recurso y acuerda el sobreseimiento provisional únicamente respecto de los delitos fiscales por el IRPF de 2008 y 2009.

Respecto a los empresarios imputados, la Audiencia ratifica sus vínculos con miembros de la familia Pujol y les imputa que actuaran de manera concertada, “con diversificación de funciones y también con intervenciones de intensidades, frecuencias y niveles distintos, producto de lo cual se generaron rendimientos económicos” que, según la Sala, estaban facilitados por la influencia de miembros de la familia para “orientar” ciertas resoluciones de la Generalitat, unos ingresos que fueron objeto de “operaciones de transformación” y de “movimientos de diversa índole” con el objetivo de “ocultar su procedencia ilícita”.

En la resolución en la que rechaza el recurso de uno de esos empresarios, la Audiencia señala que la consideración como ilícitas de las operaciones que se encuadran en la actuación de una supuesta organización criminal no impiden que las mismas fueran totalmente ficticias. Pero, sin embargo, durante las mismas -hace hincapié- “se producen pagos por servicios no prestados”, de asesoramiento o de cualquier otro tipo, lo que según los magistrados arroja indicios tanto de “la falsedad de los contratos relativos a tales servicios y a las facturas correspondientes” como de la existencia de conductas de blanqueo.