Ataque

El Gobierno utiliza el BOE para criticar al PP

Elimina del Código Penal el delito por coaccionar a otros a hacer o no huelga y lo justifica en el preámbulo atacando las políticas de los populares

El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez
El presidente del Gobierno, Pedro SánchezMONCLOA HANDOUTEFE

En el debate del pasado miércoles, el candidato del PSOE, Ángel Gabilondo confesaba su apuesta por reproducir el gobierno Frankenstein pero esta vez a la madrileña. “Pablo, tenemos doce días para ganar las elecciones”, fue la consigna.

La maquinaria del Gobierno también se ha puesto a trabajar en ello y utilizan el BOE para criticar al PP. En concreto, publicó ayer, 22 de abril la derogación del artículo 315 apartado 3 del Código Penal con una redacción que más parece de una proposición de Ley de las que la izquierda suele registrar en el Congreso que del texto del Boletín Oficial del Estado.

En el preámbulo de la modificación de la Ley orgánica 10/1995 de 23 de noviembre del Código Penal destaca que “desde la llegada al Gobierno del PP en diciembre de 2011, se inició un proceso constante y sistemático de desmantelamiento de las libertades y especialmente de aquellas que afectan a la manifestación pública del desacuerdo con las políticas económicas del Gobierno.

También hace referencia a la reforma laboral, en la que “prácticamente excluyó la negociación colectiva de los trabajadores y que devaluó o directamente eliminó otros muchos de sus derechos, no pareció suficiente y por ello se reforzaron, con ataques directos,todas las medidas que exteriorizaron el conflicto, utilizando la legislación en vigor de protección de seguridad ciudadana” y en concreto, cita el artículo 315 para “desplegar un entramado de leyes que asfixian la capacidad de reacción, protesta o resistencia de la ciudadanía y de las organizaciones sindicales, hacia las políticas del Gobierno”, destaca el texto del BOE para justificar la modificación.

Subraya que el artículo 315 del código penal “debe desaparecer” del ordenamiento punitivo ya que “el genérico delito de coacciones ya protege de manera adecuada la libertad de no hacer huelga”.

Finalmente, el Boletín Oficial indica que, “las razones antes expuestas y una forma de interpretación del delito” es lo que lleva a la necesidad de proponer la supresión de este precepto.

¿Qué decía el artículo 315?

“Quienes actuando en grupo o individualmente, pero de acuerdo con otros, coaccionen a otras personas a iniciar o continuar una huelga, serán castigados con la pena de prisión de un año y nueve meses hasta tres años o con la pena de multa de dieciocho meses a veinticuatro meses”.