Tribunales

Una sentencia del TS abre la puerta a que más de 70.000 guardias civiles sean indemnizados

Al no haberse actualizado el complemento de productividad, Asesgc calcula que en los últimos cuatro años un suboficial debería haber percibido un total de 363 euros más

Patrulla de la Guardia Civil durante la búsqueda
Patrulla de la Guardia Civil durante la búsquedalarazonEMERGENCIAS 112

Una sentencia del Tribunal Supremo (TS) abre la puerta a que miles de guardias civiles tengan que ser indemnizados al no actualizarse el complemento de productividad.

El servicio jurídico de la Asociación de Escala de Suboficiales de la Guardia Civil (Asesgc) acudió al TS después de que el Tribunal Superior de Justicia de Madrid desestimara sus pretensiones: la ”solicitud del pago de diferencias por importe de 47,03 euros, en concepto de productividad estructural EFM-1, por aplicación del importe de complemento de destino acordado por Ley de Presupuestos Generales de 2016″.

Desde Asesgc consideraron necesario el pronunciamiento en casación sobre esta cuestión que, más allá de su cuantificación económica, apuntan, “tiene relevancia por el amplio colectivo de personal de la Guardia Civil al que podría afectar y por la existencia de pronunciamiento contradictorios”.

La administración sostenía que el complemento de productividad no estaba directamente vinculado al complemento de destino y, por tanto, no de era de actualización inmediata, según los Presupuestos Generales del Estado de cada año.

“Correlación”

Sin embargo, el Supremo indica que existe una correlación inescindible entre el complemento de destino y el de productividad estructural que se fija (hasta la reciente modificación de la orden general que lo regula) como un porcentaje sobre el mismo, lo que debe conducir, en el sentido con el que se fijó el complemento de productividad estructural, a que los incrementos que se produzcan en el de destino, y “den lugar a la actualización de la cuantía del de productividad estructural”.

Se indica que, el sistema de incentivos deriva de lo previsto en el Real Decreto 950/2005, de 29 de julio, de retribuciones de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, que define en su artículo 4 c) el complemento de productividad como el destinado a retribuir el especial rendimiento, la actividad y dedicación extraordinarias no previstas a través del complemento específico, y el interés o iniciativa en el desempeño de los puestos de trabajo, siempre que redunden en mejorar el resultado de estos últimos. Por ello, “el complemento de productividad se sujeta a lo que se prevea anualmente en la Ley de Presupuestos Generales del Estado […]»

Cuantía

Según recuerda Asesgc, en los Presupuestos Generales del Estado para el año 2016 -ejercicio a que se refiere la sentencia-, se aprobó un incremento del 1 por ciento en las retribuciones complementarias y, por tanto, del complemento de destino, respecto a las vigentes al 31 de diciembre de 2015.

Además, destaca que, para el año 2017 se incrementó en el 1%, tanto para el complemento de destino como para el complemento de productividad. En 2018 el aumento fue del 1,95%, en 2019 del 2,5% y el 2020 del 2,3%. Por lo que, el complemento de productividad estructural de puestos de la Guardia Civil, correspondiente al año 2016, “debe ser fijado atendido el incremento del complemento de destino” aprobado en la Ley 48/2015, de 29 de octubre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2016.

Reclamaciones individuales

Entre las diversas modalidades de productividad estructural, los guardias civiles afectados ascenderían a más de 73.000, según los cálculos de la Asociación de Escala de Suboficiales de la Guardia Civil. Destacan que, este fallo permitiría llevar a cabo miles de reclamaciones individuales que “deberán ser atendidas” según la doctrina sentada del Supremo pudiéndose reclamar la de los últimos cuatro años. Teniendo en cuenta los aumentos del complemento de destino de entonces, que no fueron actualizados en productividad, un suboficial preceptor de productividad estructural EFM-1 en 2020 debería haber percibido 108 euros más al año; en 2019, 117 euros; en 2018, 91euros; y, en 2017, 47 euros, lo que hace un total de 363euros, según los cálculos de Asesgc.

El servicio jurídico de Asesgc pondrá a disposición de todos sus afiliados y simpatizantes la instancia correspondiente con los argumentos jurídicos que han provocado este fallo.