Análisis

Devoluciones “en caliente”, pero no de menores

La ley permite a España la entrega inmediata a Marruecos de los extranjeros que entren en las fronteras de Ceuta y Melilla, pero impide devolver a los que tengan menos de 18 años

En la imagen decenas de menores llegados solos a Ceuta se hacen las pruebas de covid ayer miércoles en un polígono industrial de la ciudad autónoma
En la imagen decenas de menores llegados solos a Ceuta se hacen las pruebas de covid ayer miércoles en un polígono industrial de la ciudad autónomaBrais LorenzoEFE

La Ley Orgánica que regula los derechos y libertades de los extranjeros en España establece que los migrantes “que sean detectados en la línea fronteriza de la demarcación territorial de Ceuta o Melilla mientras intentan superar los elementos de contención fronterizos para cruzar irregularmente la frontera podrán ser rechazados a fin de impedir su entrada ilegal en España”. Esta norma fue aceptada por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, que avaló las “devoluciones en caliente” tras un “asalto violento e ilegal de un grupo numeroso de extranjeros contra un punto concreto de la frontera”.

Sin embargo, este rechazo exprés a los inmigrantes que llegan a Ceuta y Melilla se debe efectuar “respetando la normativa internacional de derechos humanos y de protección internacional de la que España es parte”, completa la ley. Por eso, no en todos los casos se puede realizar un proceso de devolución. Eso es lo que ocurre, por ejemplo, con las mujeres embarazadas, con los solicitantes de asilo o de protección internacional, con las víctimas de trata, con los menores o con los niños que viajan solos.

No pueden ser expulsados

Y por eso los niños no pueden ser expulsados a Marruecos. La normativa vigente obliga a los servicios competentes de protección de menores a ofrecer, de forma inmediata, la atención que precisen, “de acuerdo con lo establecido en la legislación de protección jurídica del menor, poniéndose el hecho en conocimiento inmediato del Ministerio Fiscal, que dispondrá la determinación de su edad, para lo que colaborarán las instituciones sanitarias oportunas que, con carácter prioritario, realizarán las pruebas necesarias”.

Será entonces cuando el Ministerio Fiscal pondrá a los niños a disposición del servicio de protección de menores de Ceuta, que ya está colapsado. Por eso otras Comunidades Autónomas deberán acoger a todos los que no puedan ser amparados por la ciudad española ubicada en el Norte de África.