Análisis

Indultos del “procés”: el Supremo anulará la medida si es arbitraria

La Sala de lo Contencioso del Alto Tribunal podrá examinar si el Gobierno ha cumplido con los requisitos “reglados”

El presidente de ERC, Oriol Junqueras, saluda a los medios de comunicación al salir de prisión, junto a los otros seis presos del "procés" que cumplen condena en la cárcel barcelonesa de Lledoners después de que la Generalitat les concediera este jueves el tercer grado, coincidiendo con el inicio de la campaña electoral del 14F.
El presidente de ERC, Oriol Junqueras, saluda a los medios de comunicación al salir de prisión, junto a los otros seis presos del "procés" que cumplen condena en la cárcel barcelonesa de Lledoners después de que la Generalitat les concediera este jueves el tercer grado, coincidiendo con el inicio de la campaña electoral del 14F.Susanna SáezAgencia EFE

¿Hay margen para que la Justicia se pronuncie de nuevo sobre los indultos a los condenados del «procés»?

Sí. La decisión del Gobierno puede recurrirse ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo al tratarse de un acto «político» del Consejo de Ministros, que será el encargado del pronunciarse sobre la propuesta que eleve el ministro de Justicia sobre la aplicación de la medida de gracia solicitada por diversos ciudadanos y asociaciones.

¿Quién puede recurrir ante el Tribunal Supremo la concesión de los indultos?

La legitimación activa para presentar ese recurso contencioso-administrativo está limitada a las partes interesadas. Una delimitación procesal que obligará a la Sala a pronunciarse en primer lugar sobre esa legitimación que según fuentes jurídicas consultadas por este periódico no correspondería al PP ni a Ciudadanos, pero sí a Vox. Y es que el partido de Santiago Abascal ejerció la acusación popular en la causa del «procés».

¿Quiénes serán los encargados de resolver el recurso?

Dada la trascendencia de la cuestión, lo previsible es que el presidente de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, César Tolosa, aboque al Pleno la deliberación y resolución del recurso. También podrían forzar esa decisión –que dejaría la cuestión en manos de alrededor de 25 magistrados– una mayoría de los magistrados de la Sala. No obstante, si no es así, el recurso se asignará a una de las secciones de la Sala de lo Contencioso.

¿Sobre qué aspectos se puede pronunciar el Tribunal Supremo?

Los magistrados deben examinar si el Gobierno ha cumplido con el procedimiento establecido (que requiere de los informes preceptivos, aunque no vinculantes, del tribunal sentenciador y de la Fiscalía, fundamentalmente, que en ambos casos se han mostrado contrarios a los indultos) y si la justificación del Ejecutivo de Pedro Sánchez es razonable y observa los «requisitos reglados» de justicia, equidad y utilidad pública.

¿Qué procedimiento pondrá en marcha el Supremo una vez se recurran los indultos?

El procedimiento ordinario hará que la Sala reclame en primer lugar el expediente con la decisión del Consejo de Ministros, para abrir a continuación un plazo de alegaciones para que las partes (en este caso la Abogacía del Estado en defensa del Gobierno) presente sus alegaciones antes de resolver.

¿Por qué razones puede anular la decisión del Gobierno la Sala?

Los magistrados pueden tumbar la resolución si llegan a la conclusión de que la concesión de los indultos no está suficientemente motivada o se ha «pervertido» la finalidad del indulto para convertir al Gobierno en una segunda instancia para, como denunció en su informe el Supremo, «corregir» una sentencia del Alto Tribunal.

¿Deja margen para el recurso el informe contrario del tribunal sentenciador?

Aunque el informe no es vinculante, el dictamen está salpicado de argumentos para rechazar los indultos. Además de la falta de arrepentimiento y la voluntad de reincidir de los condenados, el Supremo alerta, como ya hizo la Fiscalía, de la posibilidad de que se trate de un «autoindulto» al beneficiar a los «socios» del Gobierno (el líder de ERC, Oriol Junqueras, sin ir más lejos) que precisamente sostienen al Ejecutivo.

¿Puede esgrimir el Gobierno la «desproporción» de las penas que acarrea la sedición?

Si así lo hace, esgrimiendo una necesaria reforma de este delito para adecuarlo a la realidad social, el Supremo ya se ha encargado de echar por tierra ese argumento, pues en el informe recurre al derecho comparado para demostrar que esa conducta está severamente castigada en países como Estados Unidos, Alemania, Francia, Italia o Bélgica.

¿La decisión del Gobierno tiene que ser individualizada?

Sí. Los indultos no se pueden otorgar de manera colectiva. El Ejecutivo tiene que individualizar su decisión y el control del Supremo también será expediente a expediente.