Caso Neurona

El juez archiva la investigación contra la gerente de Podemos por los sobresueldos

Escalonilla acuerda también el sobreseimiento de la causa abierta por administración desleal contra el tesorero de la formación morada, Daniel de Frutos

La gerente de Podemos, Rocío Val, durante su declaración como investigada ante el juez el "caso Neurona"
La gerente de Podemos, Rocío Val, durante su declaración como investigada ante el juez el "caso Neurona"La RazónLa Razón

El juez del “caso Neurona” ha vuelto a dar carpetazo a la investigación por administración desleal contra la gerente y el tesorero de Podemos, Rocío Val y Daniel de Frutos, respectivamente al considerar que la primera no aprobó en 2019 de forma unilateral dos complementos salariales sin estar facultada para ello y que ambos no cargaron de forma indebida gastos de desplazamiento al partido.

Así lo ha acordado el magistrado Juan José Escalonilla en una resolución en la que -tras examinar los certificados de los acuerdos del Consejo de Coordinación de Podemos- concluye que el poder otorgado por Podemos en favor de Val en marzo de 2019 incluía entre sus funciones específicas las de “realizar actos de administración y gestión ordinaria de la organización, y la de dirigir las relaciones laborales”.

Y en base a la normativa interna de la formación y a ese poder otorgado en su favor -subraya el instructor- “cabe entender incluida” la facultad de creación de complementos salariales, “siempre y en todo caso sometida a la aprobación por el Consejo de Coordinación, y en última instancia por el Consejo Ciudadano Estatal, al tener que aprobar el Informe de Ejecución del presupuesto”.

“Falta de claridad”

El titular del Jugado de Instrucción número 42 de Madrid, eso sí, afirma que con el informe de Ejecución del presupuesto de 2019 en la mano -presentado ante el Consejo Ciudadano Estatal y aprobado posteriormente por sus miembros- “no resulta posible concluir si tenían o no conocimiento de la implementación de dicho complemento salarial llevado a efecto por la gerente”. De hecho, advierte una “falta de claridad” en la normativa interna de la formación morada de cara a dilucidar se la gerente tenía o no competencias para aprobar complementos salariales.

Pero, en todo caso, añade, “parece que sí fue incluido dicho complemento por parte del Consejo de Coordinación entre los gastos de personal referidos en dicho informe de ejecución del presupuesto, por lo que cabe entender que al menos las personas que lo integraban tuvieron conocimiento” de la creación del complemento de coordinación ejecutiva (de 400 euros).

Y es que el instructor determina que el otro complemento bajo sospecha no se aplicó por una decisión de Val, sino que ya existía con anterioridad. Tras escuchar la declaración como testigo del ex gerente morado Pablo Manuel Fernández Alarcón, que ejerció el cargo entre 2016 y febrero de 2.019, Escalonilla llega a la convicción de que Rocío Val, que se hizo cargo de la Gerencia en febrero de 2019, “no implementó en su nómina” y en la de Daniel de Frutos “dos complementos salariales, sino uno sólo, en concreto el de Coordinación Ejecutiva por importe de 400 euros, toda vez que el complemento salarial por responsabilidad (210,32 euros) había sido ya creado durante el proceso de categorización de los empleados de dicho partido”.

El ex abogado de Podemos José Manuel Calvente -recuerda el instructor- denunció el cobro supuestamente irregular por parte de Val y De Frutos de dos complementos salariales integrados en sus nóminas -el de complemento de Coordinación y el de Coordinación Ejecutiva- que según expuso no constaban en las tablas salariales del partido, sin que Consejo de Coordinación hubiese autorizado esas subidas salariales, que según el letrado la gerente aplicó de forma unilateral.

Gastos de desplazamiento

El juez del “caso Neurona” hace extensible esa conclusión respecto a la decisión -también investigada- de aplicar el complemento de responsabilidad personal a la letrada del partido Marta Flor, “que en todo caso fue refrendada por el Consejo de Coordinación”.

Y respecto a los gastos de desplazamiento abonados a cargo del partido morado, Escalonilla reitera que los mismos “fueron aprobados” por el Equipo de Finanzas y Transparencia en el caso de Daniel de Frutos y por el Área de Gerencia en el caso de Rocío Val. “Por lo tanto, no se tratan de gastos unilateralmente cargados por dichos investigados, sino de gastos aprobados en sus respectivas áreas, por lo que no cabe apreciar indiciariamente irregularidad alguna”, por lo que acuerda el sobreseimiento de la investigación por administración desleal contra ambos.

Asimismo, llama la atención sobre el hecho de que “el titular del patrimonio presuntamente administrado de manera desleal”, Podemos, “no ha denunciado” esa subida salarial, “entendiendo por lo tanto correcta” la actuación de su gerente.

Tanto Val como De Frutos, subraya, “son cargos ejecutivos del partido que se rigen por la tabla salarial aplicable al resto de empleados, debiéndose estar por ello a la categorización de trabajadores aprobada por el Consejo de Coordinación y al Convenio Colectivo del Sector de Oficinas y Despachos de la Comunidad de Madrid” aplicado para la remuneración de esos trabajadores. De ahí que, añade, “no resulta de aplicación a dichos dos investigados los límites salariales aplicables a los cargos electos de tres salarios mínimos interprofesionales establecido en el año 2019 por el Código Ético de Podemos”.

La declaración del ex gerente, clave

Fernández Alarcón explicó al juez en su declaración como testigo que por orden del Consejo de Coordinación entre diciembre de 2016 y abril de 2017 se procedió a una “categorización de los empleados, realizándose finalmente una propuesta por Recursos Humanos y Gerencia que finalmente fue aprobada por el Consejo de Coordinación”.

En contra de lo que sostuvo Mónica Carmona, ex responsable de Cumplimiento Normativo de Podemos, el testigo expuso que “se establecieron tres categorías y dos complementos salariales, concretamente el complemento de coordinación y el complemento por responsabilidad”, además de darse el visto bueno al complemento de responsabilidad personal para gerentes de las distintas áreas (210.32 euros), siendo dicho complemento salarial la diferencia entre un técnico y un responsable.

De ahí que Escalonilla precise que lo que Carmona entendía por una cuarta categoría “en realidad se correspondía con el cobro por algunos empleados de dicho partido, concretamente los cargos ejecutivos, de dicho complemento salarial por responsabilidad”.