La Ley "Solo sí es sí"
Piropear por la calle se salva de ser considerado como acoso callejero
Serán castigados con trabajos en beneficio de la comunidad o con la localización permanente quienes tengan comportamientos o expresiones de carácter sexual que creen a la víctima una situación humillante
La Ley Orgánica de Garantía de la Libertad Sexua ya ha sido aprobada por el Consejo de Ministros tras dieciséis meses de desencuentros en el Gobierno de coalición. El anteproyecto de la norma pone en el centro el consentimiento expreso de la mujer a la hora de tener una relación sexual y elimina la distinción entre abuso y violación. A partir de ahora todo delito sexual será considerado agresión.
Más allá de estas claves de la ley, tras conocerse el año pasado el borrador del ministerio de Igualdad sorprendió la inclusión de un nuevo delito, el de “acoso ocasional” en el cuál se consideró en un primer momento que el piropo podría ser tipificado como delito y conllevaría al pago de una multa. Sin embargo, una vez aprobado el anteproyecto tras el consenso de Igualdad, Justicia y vicepresidencia primera, fuentes del ministerio de Igualdad precisan que no será así.
Según la norma, ”quienes se dirijan a otra persona con expresiones, comportamientos o proposiciones de carácter sexual que creen a la víctima una situación objetivamente humillante, hostil o intimidatoria, sin llegar a constituir otros delitos de mayor gravedad”. Unas acciones que serán castigadas con la pena de localización permanente de cinco a treinta días, siempre en domicilio diferente y alejado del de la víctima, o trabajos en beneficio de la comunidad de cinco a treinta días, o multa de uno a cuatro meses.
Fuentes del ministerio de Igualdad han explicado que “es muy torticero hablar de que te llamen guapa sería delito”. Creen que se ha instalado un “marco en este sentido”. De lo que hablamos, han dicho " es de un tipo que se masturbe delante de tu hija en un banco en la calle. Va más allá del comentario que te pueda hacer un señor”.
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