Polémica
La Audiencia de Madrid avala el cartel de Vox sobre los “menas”: “Es legítima lucha ideológica”
Apunta que los “excesos verbales” forman parte de la “contienda electoral”
La Audiencia Provincial de Madrid ha avalado en una nueva resolución el cartel electoral de Vox desplegado en las pasadas elecciones en el que comparaba una pensión de jubilación con la cantidad económica que reciben de forma mensual los menores extranjeros no acompañados al insistir en que el cartel de la formación de Santiago Abascal supone “un mensaje electoral” dirigido a un colectivo “más numeroso” que el de los denominados “menas”.
Así consta en un auto, en el que la Sección Segunda ha acordado desestimar el recurso de apelación formulado por la Fiscalía de Madrid, la Asociación Ciudadana Progresista ‘Progresa’, PSOE, Podemos, Izquierda Unida y la coalición electoral Unidas Podemos contra el auto que archivó la causa abierta contra la formación liderada por Santiago Abascal.
El pasado 29 abril, el Juzgado de Instrucción nº 53 de Madrid decretó el sobreseimiento provisional de las diligencias abiertas por el denominado “caso del cartel de los menas”. La jueza concluyó que se procedía al archivo de las actuaciones porque “no hay indicios de que los hechos denunciados revistan de forma indiciaria caracteres de infracción penal”’.
No ve delito de odio
En concreto, la resolución entendía que no existía delito de odio ni delito electoral en los mensajes que el partido político Vox difundió en la campaña electoral relativa a las elecciones a la Asamblea de la Comunidad de Madrid, celebradas el pasado mes de mayo; fundamentación que ahora ratifica la Audiencia Provincial. La Sala ya se pronunció en un sentido jurídicamente similar hace dos semanas a propósito del recurso de apelación de las medidas cautelares de este mismo asunto.
Ahora, expone en una nueva resolución, entre otros razonamientos jurídicos, que el asunto se incardina en “la legítima lucha ideológica-partidista en el marco de una contienda electoral donde constituye una máxima de la experiencia los excesos verbales que se cometen por unos y otros actores políticos”.
De igual modo, los magistrados recuerdan que “en el orden penal están prohibidas las interpretaciones contra reo, cuando quepan otras explicaciones no necesariamente delictivas”.
Así, recalca que “el cartel objeto de controversia debe interpretarse como un mensaje electoral dirigido a un colectivo mucho más numeroso que el de los menas”.
En el anterior auto, los magistrados señalaban que “con independencia de si las cifras que se ofrecen son o no veraces” en relación a los menas este colectivo representa “un evidente problema social y político, incluso con consecuencias o efectos en nuestras relaciones internacionales, como resulta notorio”.
✕
Accede a tu cuenta para comentar